Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2020 (29/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Miércoles 29 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Nacional de Productividad Judicial el informe requerido mediante resolución de fecha 24 de setiembre de 2019, correspondiente al Correlativo N° 549686-2019. Artículo Decimoquinto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana disponga que el área técnica correspondiente mantenga al día en el sistema SIJ-FEE la data estadística oficial, y que en un plazo no mayor de quince días calendario informe al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre el particular. Artículo Decimosexto.- Disponer que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país verifiquen el desempeño de los órganos jurisdiccionales listados en el Anexo , cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de noviembre de 2019 sea inferior al 82% de la respectiva meta de producción, debiendo informar al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de quince días calendario, sobre las acciones adoptadas. Artículo Decimosétimo.- Los jueces de los órganos jurisdiccionales transitorios prorrogados en la presente resolución, remitirán al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, un informe detallando los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fin al proceso y sentencias expedidas notificadas y sin notificar; b) Listado de expedientes en trámite por año, que se encuentran pendientes de resolución final; c) Listado de expedientes en trámite por año que se encuentren listos para sentenciar; y d) Dificultades y/o limitaciones presentadas para el adecuado ejercicio de sus funciones. El referido informe deberá adjuntar el listado nominal del personal que labora en cada órgano jurisdiccional, indicando por cada uno de ellos, su cargo, régimen laboral, tiempo de servicio en el órgano jurisdiccional, calificación argumentada de su desempeño en "Bueno", "Regular" o "Bajo"; así como si se encuentra debidamente capacitado, esto con la finalidad que dicha Comisión Nacional, en coordinación con las Comisiones Distritales y la Gerencia General de este Poder del Estado, adopten las acciones correspondientes que permitan dinamizar la productividad judicial. El cumplimiento de la presente disposición será supervisado por el jefe de la Oficina de Productividad Judicial, quien mantendrá informado al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre su debido cumplimiento. Artículo Decimoctavo.- Las Comisiones Distritales de Productividad Judicial de las Cortes Superiores de Justicia del país, deberán efectuar el monitoreo exhaustivo del funcionamiento de sus respectivos órganos jurisdiccionales; a fin de adoptar las acciones correspondientes que permita dinamizar la descarga procesal. Artículo Decimonoveno.- Recordar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, que deberán supervisar y garantizar mes a mes el registro adecuado de la información estadística de los órganos jurisdiccionales a su cargo tanto en el Sistema Integrado Judicial como en el Formulario Estadístico Electrónico; y cumplir con los plazos de entrega de información dispuestos en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, aprobada por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 308-2012-P/PJ. Artículo Vigésimo.- Recordar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional que para las futuras redistribuciones de expedientes en etapa de trámite del proceso laboral, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, se considerará únicamente a aquellas dependencias permanentes que presenten buen nivel resolutivo y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. Artículo Vigesimoprimero.- Mantener como política institucional que durante el proceso de descarga de expedientes de los órganos jurisdiccionales destinados para tal fin, aquellos que se queden sin carga procesal por su buen nivel resolutivo, reciban los expedientes de los órganos jurisdiccionales menos productivos, los cuales serán reubicados a otro Distrito Judicial.

Artículo Vigesimosegundo.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1849926-5

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Conforman la Sexta Sala Penal con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima
PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000033-2020-P-CSJLI-PJ Lima, 27 de enero del 2020 VISTA: Las Resoluciones Administrativas N° 001, 005 y 018-2020-P-CSJLI/PJ, de fechas 02, 06 y 16 de enero del presente año respectivamente; la Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ de fecha 15 de noviembre del año 2019; y, las Resoluciones Administrativas N° 019 y 032-2020-P-CSJLI/PJ, de fechas 17 y 22 de enero del presente año respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa N° 001-2020-P-CSJLI/PJ se conformaron las Salas Superiores para el presente año judicial, habiéndose designado a la doctora Flor de María Madelaine Poma Valdivieso como Juez Superior Titular integrante de la Sexta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima. Que, por Resolución Administrativa N° 005-2020-P-CSJLI/PJ se designó a la doctora Irina Del Carmen Villanueva Alcántara como Juez Superior Provisional integrante de la Sexta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima, por la licencia por salud de la doctora Flor De María Madelaine Poma Valdivieso a partir del día siete de enero del presente año. Que, mediante Resolución Administrativa N° 018-2020-P-CSJLI/PJ se designó a la doctora Flor de María Madelaine Poma Valdivieso Magistrada como Jueza Superior Contralora Coordinadora del Área de Calificaciones de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima a partir del 16 de enero del presente año. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional; estando a ello, corresponde disponer la permanencia de la Magistrada Irina Del Carmen Villanueva Alcántara por el periodo del 16 al 31 de enero del presente año en la Sexta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

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