Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2020 (30/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de enero de 2020 /

El Peruano

Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Aeropuerto "Capitán FAP David Abensur Rengifo", ubicado en la ciudad de Pucallpa, distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 279,843.14, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que

aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el bien inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCION DE LA OBRA: AEROPUERTO "CAPITÁN FAP DAVID ABENSUR RENGIFO" UBICADO EN EL DISTRITO DE YARINACOCHA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO, DEPARTAMENTO DE UCAYALI N° SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: PM1G-AERPUC-PU-021 IDENTIFICACION DEL BIEN INMUEBLE AFECTACION: TOTAL DEL INMUEBLE DATUM PSAD-56 VERTICE A B C D LADO A-B B-C C-D D-A DISTANCIA (m.) (x) 10.10 30.00 10.10 30.00 547373.9829 547364.1604 547357.7617 547367.5841 ESTE NORTE (y) 9074032.7978 9074030.4464 9074059.7561 9074062.1075 279,843.14 VALOR DE TASACION EN SOLES (S/)

AREA AFECTADA: 302.90 m2

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL AREA AFECTADA LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL AREA AFECTADA: *Por el Frente: Colinda con el Jr. Tecco Mori, con una longitud de 10.10 m. *Por la Izquierda: Colinda con el Lote 1, de la manzana 12, con una longitud de 30.00 m. *Por la Derecha: Colinda con el Lote 3 de la manzana 12, con una longitud de 30.00 m. * Por el Fondo: Colinda con el Lote 4, de la manzana 12, con una longitud de 10.10 m. 1 MINISTERIO DE MARCOS TRANSPORTES Y PAREDES INGA PARTIDA REGISTRAL: N° P19000278 de la COMUNICACIONES Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 01 de Octubre de 2019 (Informe Técnico N° 1253 -2019 - ZR. N° VI-SP-UREG/CATASTRO-R), por la Oficina Registral de Pucallpa, Zona Registral N° VI Sede Pucallpa.

CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido el 27 de setiembre de 2019, por la Oficina Registral de Pucallpa, Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa.

1850571-1

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