Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2020 (30/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
Intervención Programa Nacional de Saneamiento Rural Reforma Magisterial Beca 18 Beca Permanencia Convivencia Escolar Barrio Seguro

Jueves 30 de enero de 2020 /
Tipo de Evaluación Evaluación de Impacto Evaluación de Impacto Evaluación de Impacto Evaluación de Impacto Evaluación de Impacto Evaluación de Impacto Evaluación de Impacto Evaluación de Impacto

El Peruano

Sistema Nacional de Presupuesto Público, el proceso presupuestario comprende las fases de Programación Multianual, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación Presupuestaria, las mismas que se encuentran reguladas genéricamente por el citado Decreto Legislativo y complementariamente por las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las Directivas que emita la Dirección General de Presupuesto Público; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece los Principios que rigen el Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre ellos, el Principio de Calidad del Presupuesto, el cual consiste en la realización del proceso presupuestario bajo los criterios de eficiencia asignativa y técnica, equidad, efectividad, economía, calidad y oportunidad en la prestación de los servicios; Que, conforme al artículo 57 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fase de Evaluación Presupuestaria incluye la realización de Evaluaciones Independientes a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público cuyas recomendaciones y conclusiones derivadas deben ser consideradas en el proceso presupuestario; Que, el numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público apruebe el calendario de evaluaciones independientes correspondientes al año 2020, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas en un plazo no mayor a los treinta (30) días calendario de la entrada en vigencia del mencionado Decreto de Urgencia; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el calendario de evaluaciones independientes correspondientes al Año Fiscal 2020; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Calendario de Evaluaciones Independientes para el Año Fiscal 2020, el mismo que, en el Anexo "Calendario de Evaluaciones Independientes correspondientes al Año Fiscal 2020", forma parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- La presente Resolución Directoral, así como el Anexo que se aprueba mediante el artículo 1, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZOILA CRISTINA LLEMPÉN LÓPEZ Directora General Dirección General de Presupuesto Público ANEXO CALENDARIO DE EVALUACIONES INDEPENDIENTES CORRESPONDIENTES AL AÑO FISCAL 2020 La Dirección General de Presupuesto Público, órgano rector del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el marco del artículo 57 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, comunica, en cumplimiento del numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 20201, el Calendario de Evaluaciones Independientes correspondiente al año 2020.
Intervención Fondo Agro Perú Agro Ideas Tipo de Evaluación Evaluación de Impacto Evaluación de Impacto Fase de Evaluación Diseño Diseño

Fase de Evaluación Implementación y desarrollo Implementación y desarrollo Implementación y desarrollo Implementación y desarrollo Diseño Implementación y desarrollo Diseño Implementación y desarrollo

Intervenciones para reducir la violencia contra la mujer Visitas domiciliarias del Servicio de Acompañamiento a Familias (SAF) Visitas domiciliarias en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI)

Evaluación de Impacto

Diseño

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El numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 establece que: "Dispónese que la Dirección General de Presupuesto Público apruebe el calendario de evaluaciones independientes correspondientes al año 2020, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas en un plazo no mayor a los treinta (30) días calendario de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia".

1850369-1

Aprueban los "Lineamientos que establecen las metas de implementación del SIHCE (e-Qhali) así como la remisión por parte del Ministerio de Salud de las bases de datos que sustenten dicha implementación"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2020-EF/50.01 Lima, 28 de enero de 2020 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, señala que la Dirección General de Presupuesto Público, hasta el 30 de enero de 2020, mediante Resolución Directoral, establece lineamientos respecto a las metas de implementación de la Historia Clínica Electrónica, a través del Sistema del Sistema de Información de Historias Clínicas Electrónicas SIHCE (e-QHALI) en establecimientos de salud de primer nivel, categorías 3 y 4, a nivel nacional, así como la remisión por parte del Ministerio de Salud, de las bases de datos del EQHALI que sustenten dicha implementación; Que, en consecuencia, resulta necesario que la Dirección General de Presupuesto Público establezca lineamientos respecto a las metas de implementación del EQHALI en establecimientos de salud de primer nivel, categorías 3 y 4, a nivel nacional, así como la remisión de información por parte del Ministerio de Salud, de las bases de datos del EQHALI que sustenten dicha implementación; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto de Urgencia N° 014-2019 Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

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