Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2020 (30/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Jueves 30 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Artículo 7.- Notificar la presente Resolución Directoral en el domicilio procesal señalado por la empresa INVERSIONES MONTGALL S.A.C, ubicado en el Jr. Laureano Martínez N° 193 ­ Urb. El Bosque, distrito Rímac, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Directora de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 1849421-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del COFOPRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 014-2020-VIVIENDA Lima, 27 de enero del 2020 VISTOS, el Oficio N° 727-2019-COFOPRI/GG del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, el Memorando N° 2933-2019-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 532-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 022-2012-VIVIENDA aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, el mismo que contiene 19 procedimientos administrativos y 27 servicios prestados en exclusividad; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 1172019-PCM, establece que las entidades están obligadas a actualizar su TUPA de acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en adelante el TUO de la Ley N° 27444; Que en virtud de la norma señalada en el considerando precedente, el COFOPRI a través del documento de vistos, propone la actualización y modificación de su TUPA a fin de eliminar 18 procedimientos administrativos y veintisiete (27) servicios prestados en exclusividad, así como, modificar el procedimiento administrativo de "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control" y su respectivo formulario; Que, el párrafo 40.5 del artículo 40 del TUO de la Ley N° 27444, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos pueden aprobarse por Resolución Ministerial, en concordancia con el párrafo 44.5 del artículo 44 del mismo cuerpo normativo, que establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, el párrafo 19.1 del artículo 19 de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)", aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se aprueba con resolución Ministerial; Que, el Decreto Supremo N° 110-2018-PCM, ratifica en su artículo 2, el procedimiento administrativo: "Acceso a la información publica creada u obtenida por la entidad,

que se encuentre o posee bajo su control" establecido en los artículos 10 y 11 del Texto único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM, y en el artículo 10 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, toda vez que constituye un procedimiento administrativo que toda entidad pública debe establecer en su TUPA, al tratarse de un procedimiento común y de obligatorio cumplimiento para todas la entidades de la administración pública; Que, en atención a lo propuesto y sustentado por el COFOPRI mediante la documentación adjunta al Oficio N° 727-2019-COFOPRI/GG; la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de este Ministerio, a través del Informe N° 532-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM emite opinión favorable a la propuesta de modificación del TUPA del COFOPRI; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, el mismo que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Eliminación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad. Eliminar dieciocho (18) procedimientos administrativos y veintisiete (27) servicios prestados en exclusividad del TUPA del COFOPRI, conforme a lo señalado en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Modificación de Formularios Modificar el formulario correspondiente al procedimiento administrativo de "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control" del TUPA del COFOPRI, el cual se encuentra comprendido en el Anexo 3 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el portal del Diario Oficial El Peruano; adicionalmente difundir la misma a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano, y en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI (www.cofopri.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 1850580-1

Autorizan al Programa Mejoramiento lntegral de Barrios, a realizar intervenciones especiales directas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 016-2020-VIVIENDA Lima, 29 de enero del 2020

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