Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2020 (30/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

66
N° CODIGO UNIFICADO REGION PROVINCIA

NORMAS LEGALES
DISTRITO PROYECTO

Jueves 30 de enero de 2020 /

El Peruano
COSTO INVERSION S/

UNIDAD EJECUTORA

99

2367301

SAN MARTIN

SAN MARTIN

CHAZUTA

MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA DE LA AV. CHAZUTA CUADRAS 05 AL 14, JR. PASAQUIHUI CUADRAS 01 AL 02, JR. DANIEL ALCIDES CARRIÓN CUADRA 01, JR. CABO A. LEVEAU CUADRAS 04 AL 06, JR. MIGUEL GRAU CUADRA 02, JR. SAN MARTIN CUADRA 02 Y JR. LORETO CUADRA 02 EN LA LOCALIDAD DE CHAZUTA, DISTRITO DE CHAZUTA - PROVINCIA DE SAN MARTIN - DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAZUTA

6,012,023

100

2405899

SAN MARTIN

SAN MARTIN

LA BANDA DE SHILCAYO

MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA EN EL JR. SANTA ROSA C-1 A C-4, JR. SAN PEDRO C-1 A C-3, JR. LA MOLINERA C-1 Y C-2, MUNICIPALIDAD PSJE. SAN PEDRO, JR. LOS BOSQUES C-2 A C-4, JR. DISTRITAL DE LA TUPAC AMARU C-4, EN LA LOCALIDAD DE LA BANDA, BANDA DE SHILCAYO DISTRITO DE LA BANDA DE SHILCAYO - PROVINCIA DE SAN MARTIN - DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN CREACION DEL PUENTE VEHICULAR Y PEATONAL , ENTRE JR. CUZCO Y PROLONGACIÓN CUZCO, SOBRE EL RÍO SHILCAYO, DEL DISTRITO DE LA BANDA DE SHILCAYO - PROVINCIA DE SAN MARTIN DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL URBANA DE LA AV. LETICIA CUADRA 01 HASTA LA CUADRA 13, EN LA LOCALIDAD DE SAUCE DISTRITO DE SAUCE - PROVINCIA DE SAN MARTIN - DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD EN EL JR. LOS OLIVOS DESDE LA CDRA 1 -9 DEL AA. HH. 07 DE JUNIO, DISTRITO DE MANANTAY - CORONEL PORTILLO - UCAYALI 103 PROYECTOS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BANDA DE SHILCAYO

5,564,827

101

2420421

SAN MARTIN

SAN MARTIN

LA BANDA DE SHILCAYO

5,957,701

102

2384972

SAN MARTIN

SAN MARTIN

SAUCE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAUCE

6,995,534

103

2337460

UCAYALI

CORONEL PORTILLO

MANANTAY

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY

5,729,375

300,782,127

1850513-1

Convocan a la población a nivel nacional para acceder al Bono Familiar Habitacional - BFH para la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, aprobado por la R.M. Nº 236-2018-VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 017-2020-VIVIENDA Lima, 29 de enero del 2020 VISTO, el Memorando N° 129-2020-VIVIENDAVMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo - DGPPVU y el Informe N° 082-2020/VIVIENDA-VMVU-DGPPVUDEPPVU de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustentado en el Informe Técnico Legal Nº 001-2020-VIVIENDA/VMVU/ DGPPVU-DEPPVU-CBFH-MZL-MBJF; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el mismo que se otorga por una sola vez a los beneficiarios, sin cargo de restitución por parte de éstos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social; Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, señalando entre otros objetivos, promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; y, estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social; Que, por Resolución Ministerial N° 236-2018-VIVIENDA y modificatorias, se aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional ­ BFH, para la

modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, en adelante el Reglamento Operativo; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 y el artículo 13 del Reglamento Operativo disponen que las Entidades Técnicas desarrollan proyectos bajo el marco del Programa Techo Propio para la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, para lo cual deberán estar inscritas en la Convocatoria y con código vigente en el Registro de Entidades Técnicas a cargo del Fondo MIVIVIENDA S.A. - FMV; así como, que los Grupos Familiares se inscriben en el citado Programa previa convocatoria publicada por Resolución Ministerial del MVCS; Que, con Memorando N° 129-2020-VIVIENDA-VMVUDGPPVU, la DGPPVU en atención al Informe N° 0822020/VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU e Informe Técnico Legal Nº 001-2020-VIVIENDA/VMVU/DGPPVUDEPPVU-CBFH-MZL-MBJF, propone convocar a la población así como a las entidades técnicas con registro vigente a nivel nacional al otorgamiento de hasta 10,000 BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, al contar con disponibilidad presupuestal, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 y el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento Operativo, por lo que procede efectuar dicha convocatoria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH) y modificatorias; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificatoria; y, el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional ­ BFH, para la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, aprobado por Resolución Ministerial Nº 236-2018-VIVIENDA y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Primera Convocatoria a nivel nacional del Programa Techo Propio para el año 2020 Convócase a la población a nivel nacional que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional BFH para la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, aprobado por la Resolución Ministerial

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