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41 NORMAS LEGALES Jueves 30 de enero de 2020 El Peruano / EN SOLES PROGRAMA PRESUPUESTAL 0103 : Fortalecimiento de las Condiciones LaboralesPRODUCTO 3000001 : Acciones comunesACTIVIDAD 5000276 : Gestión del ProgramaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 3 075 990,00 PRODUCTO 3000572 : Instituciones Fiscalizadas según la normatividad LaboralACTIVIDAD 5004301 : Inspecciones de fi scalización de la normativa laboralFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 5 972 144,00 2.3 Bienes y Servicios 3 594 369,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos no Financieros 713 236,00 PRODUCTO 3000635 : Personas cuentan con orientación y asistencia técnica en materia de normatividad laboral y buenas prácticas laborales ACTIVIDAD 5005589 : Capacitación y difusión de la normatividad laboral a través de medios de difusión masivaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 120 200,00 PROYECTO 2466662 : Adquisición de sistemas de computador, equipo de comunicación y materiales didácticos de informática; en el(la) Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral en la localidad Jesús María, distrito de Jesús María, provincia Lima, departamento Lima.FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos no Financieros 1 055 000,00 CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 167 470,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisiciones de Activos no Financieros 809 604,00 ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 858 400,00 -------------------- TOTAL 17 366 413,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Para el caso en el cual las Resoluciones del Titular del Pliego que, aprueban la incorporación de mayores ingresos públicos destinado a gasto corriente, emitidas hasta la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 002-2020-EF, señalen un monto superior al indicado en los Anexos Nº 1, Nº 2 y Nº 3 del mencionado Decreto Supremo, según corresponda, el límite máximo de incorporación de mayores ingresos públicos destinado a gasto corriente para cada Pliego es el señalado en las Resoluciones que hubieran sido emitidas. Las copias de dichas resoluciones deben ser remitidas a la Dirección General de Presupuesto Público conforme a lo establecido en la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, y en el Cuadro de Plazos aprobado por la mencionada Resolución Directoral. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1850690-8 Aprueban Índices de Distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM correspondientes al año 2020 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047-2020-EF/50 Lima, 29 de enero de 2020CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28451 crea el Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM como un fondo intangible destinado a contribuir al desarrollo sostenible de los departamentos por donde pasan los ductos principales conteniendo los hidrocarburos de los Lotes 88 y 56; asimismo, establece su constitución, utilización y distribución; Que, de acuerdo a la citada ley y a su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EF, los recursos que constituyen el FOCAM son el 25% de las regalías que corresponden al Gobierno Nacional provenientes de los Lotes 88 y 56, luego de efectuadas