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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2020 (05/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 5 de julio de 2020 / El Peruano del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modi fi catorias; el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444 aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar a la empresa AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. espectro radioeléctrico en forma temporal en la banda de frecuencia 2 500 –2 690 MHz para la prestación del Servicio de Comunicaciones personales (PCS), y en la banda de frecuencias 3 400 – 3 600 MHz para la prestación del Servicio Portador Local, en diversas áreas geográ fi cas del país, por un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la noti fi cación de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle: Bandas de asignación temporal Rango de Frecuencias Áreas geográ fi cas Servicio 2 550 – 2 560 MHz y 2 670 – 2 680 MHz Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao Servicio de Comunicaciones Personales (PCS) 2 550 – 2 570 MHz y 2 670 – 2 690 MHz− Provincias de Arequipa, Camaná, Cusco, Tambopata, Ilo, Trujillo, Chiclayo y Piura. − Distrito de Chachapoyas, de la provincia de Chachapoyas, del departamento de Amazonas − Distritos de Andahuaylas, San Jerónimo y Talavera, de la provincia de Andahuaylas, del departamento de Apurímac. − Distrito de Jaén, de la provincia de Jaén, del departamento de Cajamarca − Distrito de Sicuani, de la provincia de Canchis, del departamento de Cusco − Distrito de Kimbiri, Pichari y Santa Ana, de la provincia de La Convención, del departamento de Cusco. − Distrito de Huancavelica, de la provincia y departamento de Huancavelica. − Distrito de Amarilis, Huánuco y Pillco Marca, de la provincia y departamento de Huánuco. − Distritos de Chincha Alta, El Carmen, Grocio Prado, Pueblo Nuevo y Sunampe, de la provincia de Chincha, del departamento de Ica. − Distritos de Ica, La Tinguiña, Parcona y Subtanjalla, de la provincia y departamento de Ica. − Distritos de Marcona, Nazca y Vista Alegre, de la provincia de Nazca, del departamento de Ica. − Distritos de Pisco, San Andrés, San Clemente y Tupac Amaru Inca, de la provincia de Pisco, del departamento de Ica. − Distritos de Pacasmayo y San Pedro de Lloc, de la provincia de Pacasmayo, del departamento de La Libertad. − Distritos de Parco y Pataz, de la provincia de Pataz, del departamento de La Libertad. − Distrito de Huamachuco, de la provincia de Sánchez Carrión, del departamento de La Libertad. − Distritos de Lambayeque, Morrope, Motupe, Olmos y Túcume, de la provincia y departamento de Lambayeque. − Distritos de Barranca y Paramonga, de la provincia de Barranca, del departamento de Lima. − Distritos de Imperial y San Vicente de Cañete, de la provincia de Cañete, del departamento de Lima. − Distrito de Huaral, de la provincia de Huaral, del departamento de Lima − Distritos de Huacho, Huaura y Hualmay, de la provincia de Huaura, del departamento de Lima. − Distrito de Moquegua, de la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua. − Distritos de Constitución y Puerto Bermúdez, de la provincia de Oxapampa, del departamento de Pasco. − Distrito de Sullana, de la provincia de Sullana, del departamento de Piura. − Distrito de Puno, de la provincia de Puno, del departamento de Puno. − Distrito de Juliaca, de la provincia de San Román, del departamento de Puno. − Distritos de Nueva Cajamarca y Rioja, de la provincia de Rioja, del departamento de San Martín. − Distrito de Tumbes, de la provincia y del departamento de Tumbes. 3 490 – 3 495 MHz y 3 590 – 3 595 MHz− Distrito de Mollendo, de la provincia de Islay, del departamento de Arequipa. − Distrito de Calca, de la provincia de Calca, del departamento de Cusco. − Distrito de Santa Ana, de la provincia de La Convención, del departamento de Cusco. − Distrito de Huaro, de la provincia de Quispicanchi, del departamento de Cusco − Distritos de Alto Laran, Pueblo Nuevo, Sunampe y Tambo de Mora, de la provincia de Chincha, del departamento de Ica.− Distritos de Marcona y Vista Alegre, de la provincia de Nazca, del departamento de Ica. − Distrito de San Clemente, de la provincia de Pisco, del departamento de IcaPortador Local 3 490 – 3 500 MHz y 3 590 – 3 600 MHzDistritos de Lagunas, Monsefú, Reque y Tumán, de la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque La asignación temporal del espectro radioeléctrico se realiza única y exclusivamente para ser usada con las estaciones base que se indican en el Anexo de la presente Resolución, que se publicará en la Página Web del Ministerio de T ransportes y Comunicaciones. Artículo Segundo.- La empresa AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. devolverá indefectiblemente el espectro radioeléctrico asignado de forma temporal, indicado en el artículo primero de la parte resolutiva de la presente Resolución, una vez vencido el plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la noti fi cación de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La empresa AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. debe brindar el servicio de acceso a internet a un establecimiento de salud o institución educativa, con la capacidad su fi ciente para soportar la prestación de servicios de telesalud o teleeducación, de manera gratuita y durante el tiempo que cuenten con la asignación, en los distritos indicados en el “Acuerdo de Compromisos”. Artículo Cuarto.- Sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, la presente asignación quedará sin efecto de pleno derecho, si el “Acuerdo de Compromisos” no es suscrito con la empresa AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles computados a partir de la fecha de noti fi cación de la presente Resolución. Para lo cual, se deberá apersonar el representante de la empresa AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. debidamente facultado con poderes inscritos en SUNARP para suscribir el “Acuerdo de Compromisos”. Regístrese, comuníquese y publíquese.NADIA VILLEGAS GÁLVEZ Director General de Programasy Proyectos de Comunicaciones 1 Cabe mencionar que la empresa envió la documentación solicitada mediante O fi cio N° 10747-2020-MTC/27.02 al correo electrónico mesadepartesvirtual@mtc.gob.pe el 1 de julio de 2020; la misma que se tomará en cuenta para la evaluación de la subsanación de las observaciones correspondientes en el presente expediente. 1869813-1