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21 NORMAS LEGALES Domingo 5 de julio de 2020 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado a designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual, así como removerlos; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 162-2018-INDECOPI/COD, publicada el 18 de setiembre del 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se designó al señor Gonzalo Alonso Zegarra Mulanovich como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, con efectividad al 19 de setiembre de 2018; Que, el señor Gonzalo Alonso Zegarra Mulanovich ha presentado su renuncia a la condición de miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 056- 2020 del 23 de junio de 2020, ha acordado aceptar la renuncia del señor Gonzalo Alonso Zegarra Mulanovich como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, encomendando al Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI emitir la resolución correspondiente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; y, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 0004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Gonzalo Alonso Zegarra Mulanovich como miembro de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, con efectividad al 23 de junio de 2020, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA Presidenta del Consejo Directivo (e) 1869800-4 Designan miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 RESOLUCIÓN N° 000078-2020-PRE/INDECOPI San Borja, 3 de julio de 2020 VISTOS: Los Informes N° 000085-2020-GRH/INDECOPI, N° 000344-2020-GEL/INDECOPI, N° 000054-2020-GEG/INDECOPI y N° 000374-2020-GEL/INDECOPI; y,CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 103-2015-INDECOPI/COD, publicada el 7 de junio de 2015 en el Diario O fi cial El Peruano, se designó, entre otros, a la señora Guiselle Marlene Romero Lora, como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, por un período de cinco (05) años, el cual ha culminado; por lo que debe emitirse la resolución correspondiente, debiendo designarse a la persona que desempeñará dicho cargo público; Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 059- 2020 del 2 de julio de 2020, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Fernando Alonso Zegarra Mariño como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, encargando a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, de la señora Guiselle Marlene Romero Lora, siendo el último día de ejercicio de sus funciones el 7 de junio de 2020, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2°.- Designar al señor Fernando Alonso Lazarte Mariño como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA Presidenta del Consejo Directivo (e) 1869800-5