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45 NORMAS LEGALES Martes 28 de julio de 2020 El Peruano / MINISTERIO PUBLICO Crean Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, plazas de fiscales provinciales y plazas de fiscales adjuntos provinciales, en los Distritos Fiscales de Lima Noroeste (antes Ventanilla), Callao, Lima Este, Arequipa y Ancash RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 037-2020-MP-FN-JFS Lima, 23 de julio de 2020 VISTO: El ofi cio Nº 542-2020-MP-FN-GG de fecha 07 de julio de 2020, que adjunta el informe Nº 112-2020-MP-FN-GG-OGPLAP; subsanado mediante el o fi cio Nº 582-2020-MP- FN-GG de fecha 16 de julio de 2020 e informe Nº 122-2020-MP-FN-GG-OGPLAP, cursados por la Gerencia General del Ministerio Público. CONSIDERANDO:La Ley Nº 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar en consonancia con los compromisos asumidos por el Estado Peruano al suscribir y rati fi car la Convención de Belém do Pará, establece los mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas, así como la reparación del daño causado, además de la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fi n de garantizar a las mujeres y al grupo familiar, una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos. A través del Decreto Legislativo Nº 1368, publicado el 29 de julio de 2018, se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. Mediante Decreto Supremo Nº 003-2019-MIMP, se aprobó el Cronograma de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, estableciéndose para el año 2019 los distritos fi scales de Lima Este, Callao, Ventanilla, Arequipa y Ancash. El citado Decreto Supremo, dispone la conformación de equipos de trabajo institucionales para coadyuvar con el monitoreo y evaluación de la implementación y funcionamiento del Sistema. A través del Decreto Supremo Nº 110-2020- EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 hasta por la suma de S/ 106 059 913,00 (ciento seis millones cincuenta y nueve mil novecientos trece y 00/100 soles), del pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, para el fi nanciamiento de las intervenciones contenidas en los productos priorizados del Programa Presupuestal Orientado a Resultados (PPoR) para la Reducción de la Violencia contra la Mujer, correspondiéndole al Pliego 022 Ministerio Público la suma de S/ 44 895 738,00 (cuarenta y cuatro millones ochocientos noventa y cinco mil setecientos treinta y ocho y 00/100 soles). Esta transferencia de partidas, se enmarca en el numeral 20.5 del artículo 20 del D.U. Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.Estando a lo señalado precedentemente y luego de las reuniones de trabajo intersectoriales propiciadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables con todos los actores que intervienen en el marco del Sistema Nacional Especializado de Justicia-SNEJ, conforme al cronograma, se ha priorizado los Distritos Fiscales de Lima Noroeste (antes Ventanilla), Callao, Lima Este, Arequipa y Ancash. Asimismo, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio Público por encargo encomendado a la Gerencia General por la Presidenta de la Comisión de Trabajo para formular propuestas de instrumentos de gestión y realizar el seguimiento de la política institucional de abordaje de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, propone la distribución de treinta y ocho (38) despachos fi scales que obedece a las propuestas efectuadas por cada uno de los presidentes de los distritos fi scales antes señalados, distribución que comprende la creación de ocho (08) Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, once (11) Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, treinta y cuatro (34) plazas de fi scales provinciales y sesenta y ocho (68) plazas de fi scales adjuntos provinciales para los Distritos Fiscales de Lima Noroeste, Lima Este, Arequipa y Ancash; y, la creación de cuatro (04) plazas de fi scales provinciales y ocho (08) plazas de fi scales adjuntos provinciales para el fortalecimiento de Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de los Distritos Fiscales del Callao y Lima Este, conforme a los documentos que sustentan la presente. En ese contexto, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 5715, adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 17 de julio de 2020 (Estado de Emergencia), acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobar la distribución de treinta y ocho (38) despachos fi scales que comprende la creación de ocho (08) Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, once (11) Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, treinta y cuatro (34) plazas de fi scales provinciales y sesenta y ocho (68) plazas de fi scales adjuntos provinciales para los Distritos Fiscales de Lima Noroeste, Lima Este, Arequipa y Ancash; y, la creación de cuatro (04) plazas de fi scales provinciales y ocho (08) plazas de fi scales adjuntos provinciales para el fortalecimiento de Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de los Distritos Fiscales del Callao y Lima Este, en función al presupuesto autorizado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Consecuentemente, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052- Ley Orgánica del Ministerio Público; y, en cumplimiento del Acuerdo Nº 5715 adoptado por la Junta de Fiscales Supremos. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Crear ocho (08) Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, once (11) Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, treinta y cuatro (34) plazas de fi scales provinciales y sesenta y ocho (68) plazas de fi scales adjuntos provinciales, conforme a los documentos indicados en la presente resolución y al siguiente detalle: Distrito Fiscal de Lima Noroeste• Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla Dos (02) plazas de fi scales provinciales Cuatro (04) plazas de fi scales adjuntos provinciales