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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (19/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Viernes 19 de junio de 2020 / El Peruano PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Secretario de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 130-2020-PCM Lima, 18 de junio de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario/a de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, resulta necesario designar a el/la funcionario/a que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Juan Antonio Trelles Castillo, en el cargo de Secretario de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1868339-1 AGRICUL TURA Y RIEGO Dan por concluido el proceso de transferencia de las funciones de la Autoridad en Semillas del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0142-2020-MINAGRI Lima, 17 de junio de 2020VISTOS:El O fi cio N° 0005-2020-MINAGRI-SG-OGPP-ODOM/ CSTAS, de la Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencia de la Autoridad en Semillas, creada por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1387, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-MINAGRI; y, el Informe Legal N° 386-2020-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1387, Decreto Legislativo que fortalece las competencias, las funciones de supervisión, fi scalización y sanción y, la rectoría del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, tiene por objeto establecer disposiciones para fortalecer las competencias y las funciones de supervisión, fi scalización y sanción y la rectoría del SENASA orientadas a prevenir y corregir conductas o actividades que representen riesgo para la vida, la salud de las personas y de los animales, y la preservación de los vegetales; así como para la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de producción nacional o extranjera; a través de su artículo 4 prescribe que el SENASA, en su calidad de ente rector de la sanidad agraria, inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos; y, la producción orgánica, ejerce sus competencias, entre otros, a través de: “b) Normar, promover, supervisar y sancionar las actividades relativas a la producción, certi fi cación y comercialización de semillas de calidad, fertilizantes y demás insumos agrarios”; Que, el citado Decreto Legislativo, a través de su Quinta Disposición Complementaria Final, establece que la función rectora precisada en el literal b) de su artículo 4, es ejercida por el SENASA como Autoridad en Semillas y que el Reglamento del mencionado Decreto Legislativo, precisa los alcances y competencias de la Autoridad en Semillas; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del acotado Decreto Legislativo, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2019-MINAGRI, dispone que se proceda a la transferencia de las funciones de la Autoridad en Semillas del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en un plazo no mayor a los sesenta (60) días hábiles, contado a partir de la vigencia de dicho Reglamento, a cuyo efecto constituye una Comisión de Transferencia, conformada por un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, quien lo preside, dos representantes del INIA y dos representantes del SENASA, así como se establece las medidas y actos de funcionamiento de la indicada Comisión, la misión a su cargo, y los actos que conciernan a la formalización del proceso de Transferencia, que fi naliza con la emisión de la resolución ministerial que dé por concluido el proceso de transferencia, una vez que la Comisión emita su informe y los titulares de INIA y del SENASA hayan suscrito el acta de entrega y recepción de las funciones de Autoridad de Semillas; Que, por Resolución Ministerial N° 0026-2020-MINAGRI, Resolución Jefatural N° 0002-2020-MINAGRI-SENASA, y Resolución Jefatural N° 0001-2020-INIA, se designaron a los representantes del Ministerio de Agricultura y Riego, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria y del Instituto Nacional de Innovación Agraria, respectivamente, ante la Comisión Sectorial de Transferencia de la Autoridad en Semillas; Que, mediante el O fi cio N° 0005-2020-MINAGRI-SG- OGPP-ODOM/CSTAS, de fecha 11 de junio de 2020, la Presidenta de la Comisión Sectorial de Transferencia de la Autoridad en Semillas, creada por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 013-2019-MINAGRI, remite al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, el Informe Final de la referida Comisión de Transferencia, documento en el cual se dá cuenta de las actuaciones llevadas a cabo para viabilizar la indicada Transferencia, del INIA al SENASA, que comprende el conocimiento e identi fi cación de la documentación e información correspondiente a las funciones, nómina de personal, acervo documentario, bienes muebles, recursos presupuestales, recursos fi nancieros y procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que se han veri fi cado para la citada Transferencia, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1387, Decreto Legislativo que fortalece las competencias, las funciones de supervisión, fi scalización y sanción y, la Rectoría del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2019-MINAGRI; Que, se ha acompañado igualmente la respectiva Acta de Entrega Recepción, de fecha 10 de junio de 2020, celebrado entre el Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA y el Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA;