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27 NORMAS LEGALES Jueves 25 de junio de 2020 El Peruano / automática para su publicación en la página web de la Contraloría. El formato se encuentra adjunto en el Anexo Nº 01 de la presente Directiva. 6.4 Incumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada En caso de incumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada, la Contraloría comunicará al Congreso de la República dicho hecho, a fi n de que éste disponga oportunamente las acciones correspondientes para dar debido cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento del Congreso de la República. 6.5 Sistema de Registro de Declaraciones Juradas en Línea El SIDJI es el aplicativo informático administrado por la Contraloría, a través de la Subgerencia de Fiscalización, o la unidad orgánica que haga sus veces, para la presentación, procesamiento y publicación de la información de las Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses. 6.6 Acceso al SIDJI El acceso de los Obligados al SIDJI se realiza a través del portal institucional de la Contraloría, con el código de usuario y contraseña generadas en el sistema. 6.7 Relación de sujetos obligados Es el documento que contiene la relación de Congresistas de la República, así como de los funcionarios del servicio parlamentario y asesores de la organización parlamentaria que el Consejo Directivo del Congreso de la República determine como obligados a la presentación de la Declaración Jurada. Dicha relación es remitida a la Contraloría por el Congreso de la República, en el “Formato de presentación de relación de sujetos obligados a presentar la Declaración Jurada para la Gestión de Con fl icto de Intereses” adjunto en el Anexo Nº 03 de la presente Directiva, cada vez que determine los sujetos obligados a la presentación de la Declaración Jurada, que deberá contener la información de éstos, en cuanto a sus nombres y apellidos, documentos de identidad, correos electrónicos institucionales o personales, y fechas de inicio de la vinculación laboral o contractual, para el caso de los Congresistas de la República, la fecha en que asumen funciones. El Congreso de la República informa los casos en los que alguno de los Congresistas, funcionarios del servicio parlamentario o asesores de la organización parlamentaria, cesen en sus funciones o cuando, tratándose de los funcionarios del servicio parlamentario y asesores de la organización parlamentaria, se haya determinado que éstos ya no se encuentran obligados a la presentación de la Declaración Jurada. 6.8 Funciones de la Contraloría General de la República a) Recibir, custodiar y fi scalizar las declaraciones juradas de los Obligados, veri fi cando que éstas se presenten en la forma, oportunidad y plazos establecidos. b) Archivar las Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses presentadas por los Obligados. c) Publicar en la página web de la Contraloría la Sección 2 de las Declaraciones Juradas presentadas en los plazos establecidos. d) Realizar el desarrollo y las adecuaciones que se requieran en el SIDJI para el cumplimiento de lo estipulado en la presente directiva. e) Administrar la información registrada en el SIDJI.f) Habilitar la inserción de anotaciones conforme a lo estipulado en la presente Directiva. 6.9 Responsabilidades de los Obligados a) Presentar a través del aplicativo informático SIDJI de la Contraloría sus Declaraciones Juradas en la forma, oportunidad y plazos establecidos.b) Consignar de manera clara y completa la información requerida en el “Formato Único de Declaración Jurada para la Gestión de Con fl icto de Intereses”. c) Tomar las medidas de seguridad necesarias respecto al uso de su código de usuario y contraseña de acceso al SIDJI, toda vez que el registro, envío o acción efectuada utilizando estos, se entiende realizada por el Obligado. d) Mantener actualizados sus datos personales en el SIDJI. 6.10 Comunicación de la Contraloría con el Obligado Las comunicaciones de la Contraloría con el Obligado para efectos de la presentación y el procesamiento de las Declaraciones Juradas se realizan a través del correo electrónico registrado por el Obligado, así como otros medios que permitan dejar constancia de su recepción por parte del Obligado. 6.11 Protección y publicidad de la información de la Declaración Jurada para la Gestión de Con fl icto de Intereses Las Declaraciones Juradas contienen información tanto de carácter público como con fi dencial, cuya custodia se encuentra a cargo de la Subgerencia de Fiscalización o unidad orgánica que haga sus veces. La Contraloría tiene la obligación de cautelar el derecho a la intimidad personal y familiar reconocido en el artículo 2º de la Constitución Política del Perú, y de la información con fi dencial, así como de los datos personales regulados en la Ley Nº 29733 – Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2013-JUS, que se encuentran contenidos en la Declaración Jurada. La información de la Declaración Jurada que no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo precedente o protegida por alguna excepción legal, constituye información pública, la cual podrá ser publicada en el portal institucional de la Contraloría. 7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS7.1 Actividades previas a la presentación7.1.1 Registro de Obligados en el SIDJILa Contraloría sobre la base de la relación remitida por el Congreso de la República, registra en este sistema los datos de los Obligados tales como los nombres y apellidos, documentos de identidad, correos electrónicos institucionales o personales, y fechas de inicio de la vinculación laboral o contractual, o, tratándose de Congresistas de la República, la fecha en que asumen funciones. 7.2 De la presentación y publicación de las Declaraciones Juradas 7.2.1 Presentación de la Declaración JuradaLa presentación de la Declaración Jurada se realiza únicamente a través del aplicativo informático SIDJI disponible en la página web: www.contraloria.gob.pe, y mediante la utilización de fi rma digital, para cuya efecto el obligado deberá utilizar un certi fi cado digital emitido por una entidad de certi fi cación acreditada, conforme al Reglamento de la Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM. No siendo necesaria la presentación física del formato. Sólo en caso el obligado no cuente con fi rma digital, el formato impreso que se obtiene del SIDJI luego de haber completado toda la información correspondiente, se suscribe y se presenta ante la Contraloría General de la República en sobre cerrado adjunto a una carta simple dirigida al Subgerente de Fiscalización o el que haga sus veces (según el formato adjunto en Anexo Nº 02) a través de mesa de partes del área de trámite documentario