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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (27/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Sábado 27 de junio de 2020 El Peruano / el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas 1869102-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 165-2020-MINEM/DM Lima, 26 de junio de 2020VISTOS: El Informe N° 023-2020/MINEM-OGGS- EVMS de la O fi cina General de Gestión Social; el Informe N° 006-2020-MINEM/SG-OGA de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 066-2020/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 339-2020-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se emite la Resolución Ministerial N° 428-2019-MINEM/DM, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos e Ingresos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 135-2020- CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales, universidades, proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con O fi cio N° 000781-2020-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Energía y Minas realizar la transferencia fi nanciera del 100% de la retribución económica por el monto de S/ 33 600,00 (Treinta y Tres Mil Seiscientos y 00/100 Soles), para contratar la sociedad de auditoria del Proyecto “Implementación del EITI Perú a Nivel Sub-Nacional” fi nanciado con la Donación N° TF0A4886 para el periodo a auditar del 18 de mayo de 2017 al 15 de abril de 2020;Que, a través del Informe N° 023-2020/MINEM- OGGS-EVMS, la O fi cina General de Gestión Social solicita a la O fi cina General de Administración realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para auditar el mencionado Proyecto; Que, mediante Informe N° 066-2020/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, informa que la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, cuenta con los recursos presupuestales para la transferencia fi nanciera de S/ 33 600,00 (Treinta y Tres Mil Seiscientos y 00/100 Soles) a favor del Contraloría General de la República, de conformidad con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2020-00995-001 (SIAF N° 0000000974); Que, con Informe N° 006-2020-MINEM/SG-OGA, la Ofi cina General de Administración, recomienda atender la transferencia fi nanciera de acuerdo con la opinión favorable de la O fi cina General de Gestión Social y estando a la opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; y la Resolución de Contraloría N° 135-2020-CG, que aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas hasta por el monto de S/ 33 600,00 (Treinta y Tres Mil Seiscientos y 00/100 Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al pago del 100% de la retribución económica para el Proyecto “Implementación del EITI Perú a Nivel Sub-Nacional” por el periodo a auditar, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento y limitaciones al uso de los recursos La transferencia fi nanciera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente año fi scal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, cuyos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos, según el siguiente detalle: DEL Pliego : 016 Ministerio de Energía y Minas. Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas - Central Fuente de Financiamiento : Recursos OrdinariosGastos Corrientes:2.4.1 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 33 600,00