Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2020 (08/03/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 8 de marzo de 2020 /

El Peruano

Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, la Unidad de Administración con Memorando N° 213-2020-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.UA, de fecha 05 de marzo de 2020, solicita la autorización de los certificados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando el Memorando N° 042-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UM, de fecha 04 de marzo de 2020, emitido por la Unidad de Monitoreo, con el que se remite la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional", del Fondo MIPYME y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM y; respectivamente, indicando la citada Unidad de Monitoreo que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 037-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UPEG de fecha 05 de marzo de 2020, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 1,236,431.78 (un millón doscientos treinta y seis mil cuatrocientos treinta y uno con 78/100 soles), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; 4. Donaciones y Transferencias y, 5. Recursos Determinados, los montos ascendentes a S/ 1,160,384.91; S/ 17,879.44 y S/ 58,167.43 soles, respectivamente; todos con la finalidad de cofinanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional": para cofinanciar el desembolso de : i) 04 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual - PIEC 1; ii) 03 Proyectos de Organización de Eventos de Vinculación de Actores del Ecosistema de Innovación y Emprendimiento- OEV; iii) 01 Proyecto de Organización de Eventos de Vinculación de Actores del Ecosistema de Innovación y Emprendimiento ­ BIO ­ OEV BIO; iv) 01 Proyecto de Fortalecimiento de Entidades de Intermediación Financiera - FIAF; v) 01 Proyecto de Misiones Tecnológicas ­ MT; vi) 01 Proyecto colaborativos de innovación - categoría 2 ­ CPCC2; y, vii) 01 Proyecto fortalecimiento estratégico de centros de extensión y transferencia tecnológica - CET; b) Fondo MIPYME; para cofinanciar el desembolso de 01 Proyecto del Programa de Apoyo a Clúster ­ PAC; y, c) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM: para cofinanciar el desembolso de: i) 06 Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales - CMCEI; y, ii) 01 Proyecto de Innovación productiva de Empresas Asociadas - PIPEA; Que, mediante proveído de fecha 05 de marzo de 2020, la Coordinadora Ejecutiva solicita al Jefe la Unidad de Administración que inicie las acciones correspondientes para la emisión de la resolución que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme lo descrito; Que, mediante Informe N° 050-2020-PRODUCEINNOVATEPERU.UA.AL de fecha 05 de marzo de 2020, el Área de Asesoría Legal concluye que la emisión de Resolución de Coordinación Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Unidad de Monitoreo, previa verificación presupuestal conforme lo indicado Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, se ajusta al marco legal aplicable; De conformidad con lo dispuesto en Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, las Resoluciones Ministeriales N° 317-2014-PRODUCE, N° 178-2019-PRODUCE y N° 024-2020-PRODUCE;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 1,236,431.78 (un millón doscientos treinta y seis mil cuatrocientos treinta y uno con 78/100 soles), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; 4. Donaciones y Transferencias y, 5. Recursos Determinados, los montos ascendentes a S/ 1,160,384.91; 17,879.44; y, S/ 58,167.43, respectivamente; destinados a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional", del fondo MIPYME y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA Coordinadora Ejecutiva Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad 1862541-1

SALUD
Aprueban el Documento Técnico: Atención y Manejo Clínico de Casos de COVID-19, Escenario de Transmisión Focalizada
RESOLUCION MINISTERIAL N° 084-2020/MINSA Lima, 7 de marzo del 2020 Visto, el Expediente N° 20-024347-001, que contiene la Nota Informativa N° 275-2020-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; el Informe N° 200-2020-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, el Proveído N° 075-2020-SG/MINSA, de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 76 de la precitada Ley establece que la Autoridad de Salud de nivel nacional es responsable de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagación y lograr el control y erradicación de las

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