Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2020 (08/03/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 8 de marzo de 2020 /

El Peruano

de parques, jardines, áreas verdes del distrito; así como el diseño de las estrategias de gestión de la calidad ambiental y el desarrollo integral sustentable del distrito; Que, en este contexto, considerando los avances en materia ambiental y las normas ambientales, promulgadas posteriormente a la creación del Ministerio de Ambiente, así como la nueva estructura orgánica municipal, es necesario la actualización del marco normativo que crea la Comisión Ambiental Municipal del distrito de Lince, a fin de actualizar y dar continuidad al espacio de participación y concertación local sobre la temática ambiental en el distrito y la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8, del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL Y ACTUALIZA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LINCE TÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto regular el Sistema de Gestión Ambiental y Actualizar la conformación y funciones de la Comisión Ambiental Municipal del distrito de Lince, con el propósito de articular las políticas ambientales nacionales y regionales e instrumentos de gestión ambiental emitidas por el Ministerio del Ambiente y la Comisión Ambiental Metropolitana-CAM Lima, en el ámbito de competencia local, de manera participativa a través del diálogo concertado entre los sectores público, privado y sociedad civil del distrito de Lince. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza es dentro de la jurisdicción del Distrito de Lince y se aplica a las actividades relativas a la gestión ambiental, cuyo cumplimiento es obligatorio para toda persona natural y jurídica, de derecho público y privado, residente, visitante o en trámite por el distrito. La Municipalidad Distrital de Lince, es la autoridad ambiental local, que ejerce sus atribuciones de conformidad con lo que establece la Constitución y la Ley Orgánica de Municipalidades, debiendo ejecutarlas en concordancia con la Política Nacional Ambiental. Artículo 3º.- De la finalidad del sistema El sistema Local de Gestión Ambiental, tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección del ambiente y al uso racional de los recursos naturales, orientados a lograr el desarrollo humano sostenible en el distrito. Artículo 4º.- Principios de la Política Ambiental Local La Política Ambiental Local, se sustenta en los principios contenidos en la Ley General del Ambiente Ley Nº 28611, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Ley Nº 28245 y en lo establecido en la Política Nacional del Ambiente, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, concordantes con los siguientes: a) Obligatoriedad en el cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente y del Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental. b) Del derecho y deber fundamental a un ambiente saludable. c) Acceso a la información. d) Participación Ciudadana responsable en la gestión ambiental. e) Integralidad. f) Transectorialidad.

g) Concertación interinstitucional. h) Sostenibilidad. i) Prevención. j) Responsabilidad ambiental compartida. k) Solidaridad y equidad. l) Seguridad jurídica. Artículo 5º.- Política Ambiental Local de Lince En consecuencia, con la Política Nacional del Ambiente, la Política Ambiental Local de Lince, se estructura conforme los ejes temáticos esenciales de la gestión ambiental. - Realizar una gestión sostenible del ambiente, definiendo planes y políticas integrales para la conservación del área de reserva ambiental, de los parques, jardines y de la calidad del aire en el distrito. Eje de Política 1. Gestión Integral de la calidad ambiental - Incorporar criterios de ecoeficiencia y control de riesgos ambientales y de la salud en las acciones de la Municipalidad. - Lograr el control eficaz de las fuentes de contaminación y a los responsables de su generación, estableciendo instrumentos y mecanismos para la vigilancia y fiscalización ambiental. - Realizar una gestión y uso racional del agua, priorizando el tratamiento y uso de las aguas residuales para el riego tecnificado de las áreas verdes en el distrito. - Mejorar la calidad y cobertura de los servicios públicos locales de limpieza pública, parques y jardines, logrando un uso más eficaz y eficiente de las contribuciones que realizan los vecinos en la comunidad. - Realizar una gestión sostenible de los residuos sólidos, promoviendo su tratamiento para un mayor nivel de uso de materiales orgánicos y no orgánicos reciclados. - Promover la inversión pública y privada en proyectos para mejorar los sistemas de recolección, operaciones de reciclaje, disposición final de residuos sólidos. - Promover la formalización de los segregadores y recicladores y otros actores que participan en el manejo de los residuos sólidos. - Establecer regulaciones para controlar efectivamente la contaminación sonora. - Conservar y ampliar las áreas verdes para el mejoramiento de la calidad del aire y la generación de espacios culturales y de esparcimiento. Eje de Política 2. Gobernanza ambiental: - Desarrollar una gestión ambiental interinstitucional orientada a la preservación del patrimonio ambiental y a la reducción de los efectos nocivos de la contaminación, a través del fortalecimiento de la conciencia ambiental de la población. - Promover una cultura y hábitos en los ciudadanos para la protección y cuidado del ambiente natural, reduciendo y eliminando las causas de su contaminación o degradación, desarrollando acciones preventivas frente a la eventualidad de desastres. - Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas para la formulación y ejecución de proyectos de educación y recuperación ambiental. Eje de Política 3. Compromisos y oportunidades ambientales internacionales: - Impulsar el acceso a los mecanismos de asistencia técnica, transferencia tecnológica y recursos financieros para el fortalecimiento de las capacidades locales en el marco de los Acuerdos y Convenios Internacionales en materia ambiental. MARCO INSTITUCIONAL Artículo 6º.- Del Marco Institucional El marco institucional de la gestión ambiental comprende: - La Comisión Ambiental Municipal. - La Gerencia de Gestión Ambiental. - La Sub Gerencia de Operaciones Ambientales. - La Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa.

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