Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2020 (08/03/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 8 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

23

Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje -en clase económica- de los mencionados fiscales a la República de Panamá. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General y Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MPFN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MPFN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios"; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y sus modificatorias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Yovana Telecila Mori García, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, así como de los señores Mark Keny Alata Fernández y Renato Antonio Pérez Corrales, Fiscales Adjuntos Provinciales de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 1 al 6 de marzo del presente año, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que, con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General -a través de las Oficinas Generales de Logística y Finanzas- proceda a la adquisición de los pasajes aéreos, asignación de viáticos y seguros de viaje, conforme al detalle siguiente:
Nombre Cargo Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos Pasajes Aéreos Internacionales Viáticos Seguro de viaje

de la Nación, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficinas Generales de Potencial Humano, Asesoría Jurídica, Logística y Finanzas, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1862563-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 4209-2019 Lima, 12 de setiembre de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Eduardo Segura Mejía para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS N° 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 25 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Eduardo Segura Mejía postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto

Yovana Telecila Mori García

US$ 1 362,16

US$ 1440,00 (por 6 días)

US$ 50,00

Mark Keny Alata Fernández

US$ 1 362,16

US$ 1440,00 (por 6 días)

US$ 50,00

Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Renato Supraprovincial Antonio Pérez Corporativa Especializada Corrales en Delitos de Lavado de Activos

US$ 1 362,16

US$ 1440,00 (por 6 días)

US$ 50,00

Artículo Tercero.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendarios siguientes de efectuada la comisión de servicio, los fiscales mencionados en el artículo primero de la presente resolución, eleven al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describan las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en las diligencias materia de la resolución. Artículo Cuarto.- Encargar la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, al señor César Benigno Cuba Huamaní, Fiscal Adjunto Provincial del referido despacho, durante la ausencia de su titular. Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.