Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2020 (08/03/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Domingo 8 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

9

precisa que los Gobiernos Regionales de Lima y Puno cumplieron con presentar el Informe de Avances y Logros correspondiente al segundo semestre del año 2019, por lo que da su conformidad para ejecutar la primera transferencia del año 2020; asimismo, señala que la Oficina de Presupuesto con fecha 23 de enero de 2020, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2020-00350-001 con cargo a la Meta Nº 0045 y SIAF Nº 0000000329, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, resulta necesario autorizar la primera transferencia de recursos presupuestales del MINEM a favor de los Gobiernos Regionales de Lima y Puno, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles); De conformidad con lo dispuesto en el acápite i, literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas ­ Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de Lima y Puno. Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles), a favor de cada uno de los siguientes Gobiernos Regionales: Lima y Puno; para ser destinados exclusivamente a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 2.4.1.3.1.2 (En Soles) : Donaciones y Transferencias : Otras Unidades del Gobierno Regional

Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Lima y Puno, respectivamente, correspondientes al año 2020. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas 1862503-1

PRODUCE
Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 107-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 5 de marzo de 2020 VISTOS: El Informe N° 050-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UA.AL de la Unidad de Asesoría Legal de fecha 05 de marzo de 2020; el Informe N° 037-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión de fecha 05 de marzo de 2020; el Memorando N° 213-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚUA de la Unidad de Administración de fecha 05 de marzo de 2020; el Memorando N° 042-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UM de la Unidad de Monitoreo de fecha 04 de marzo de 2020; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM, con la finalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y financiera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto Supremo 003-2009-PRODUCE; Que, mediante Ley N° 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no financieros con entidades públicas y privadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Proyecto "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 0142019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y mediante su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE de fecha 17 de enero de 2020, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/ la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de

200 000,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:
A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Pliego 463 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC Pliego 458 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC : : : : : : : : : : Gobierno Regional de Lima Nº 001 Gobierno Regional Lima Nº 01027 Cuenta Única del Tesoro Público - CUT Nº 20530688390 Gobierno Regional de Puno Nº 001 Región Puno - Sede Central Nº 0902 Cuenta Única del Tesoro Público - CUT Nº 20406325815 100 000,00 (En Soles)

100 000,00

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.