Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2020 (08/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 8 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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ciudad de Medellín, República de Colombia, para los fines antes expuestos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JOSE ROGER PINEDO BASTOS, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Medellín, República de Colombia, del 25 al 27 de marzo de 2020, de acuerdo con el detalle
Código: F-DSA-P&C-002

consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa VIVA AIRLINES PERU S.A.C., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones
Revisión: Original Fecha: 30.08.10

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONAUTICA - COMPRENDIDOS LOS DÍAS 25 AL 27 DE MARZO DE 2020 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 070 -2020-MTC/12.04 Y Nº 061-2020-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR PINEDO BASTOS, JOSE ROGER CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 3221-3222

443-2020-MTC/12.04

25-Mar

27-Mar

US$ 600.00

VIVA AIRLINES PERÚ S.A.C.

MEDELLÍN

Chequeo técnico de Verificación de REPÚBLICA DE Competencia en simulador de vuelo COLOMBIA en el equipo A-320 a su personal aeronáutico.

1862520-1

Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0194-2020-MTC/01.02 Lima, 5 de marzo de 2020 VISTOS: La Carta GOP/ INST 0234/ 02/ 20 de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., y el Informe N° 054-2020-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; estableciendo que los viajes al exterior que realicen, entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del sector, la que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del

Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, mediante Carta GOP/ INST 0234/ 02/ 20, la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil la designación del inspector para realizar el chequeo técnico inicial en el equipo B-767 en simulador de vuelo, para su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-014 "Evaluación de Personal Aeronáutico" del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la citada empresa cumple con el pago del derecho de tramitación del servicio señalado en el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido calificada y aprobada por la Dirección General de Aeronáutica Civil, con el Informe N° 054-2020-MTC/12.04, conforme a la Orden de Inspección N° 410-2020MTC/12.04, y señalando que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza conforme a lo establecido en la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor ALFREDO FEDERICO ALVAREZ ZEVALLOS, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil, del 26 al 28 de marzo de 2020, a

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