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23 NORMAS LEGALES Sábado 23 de mayo de 2020 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Conceder, la gracia presidencial de CONMUTACIÓN DE MEDIDA SOCIOEDUCATIVA a los adolescentes sentenciados: Anexo III - Ancón II del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima 1. J.A.M.F., conmutándole la medida socioeducativa de internación de 15 meses a 01 año 02 meses 26 días; cuyo cómputo vencerá el 23 de mayo de 2020. Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima2. J.M.R.O., conmutándole la medida socioeducativa de internación de 01 año a 10 meses 29 días; cuyo cómputo vencerá el 25 de mayo de 2020. 3. A.E.V.S., conmutándole la medida socioeducativa de internación de 01 año a 11 meses 01 día; cuyo cómputo vencerá el 25 de mayo de 2020. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FERNANDO R. CASTAÑEDA PORTOCARRERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1866704-10 Designan Jefa de la Subunidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 059-2020-JUS/PRONACEJ Lima, 15 de mayo de 2020VISTOS, el Informe Nº 11-2020-JUS/PRONACEJ-UA de la Unidad de Administración; el Informe Nº 115-2020-JUS/PRONACEJ-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2019- JUS se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles (en adelante PRONACEJ) en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe/a de la Subunidad de Recursos Humanos del PRONACEJ, el cual tiene la clasi fi cación de “Empleado de Con fi anza (EC)”, según el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del PRONACEJ, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0281-2019-JUS; por lo que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Que, mediante el Informe de vistos, la Unidad de Administración, con el visto de la Subunidad de Recursos Humanos, informó sobre un (1) profesional que cumple con los requisitos básicos del puesto estructural exigido por el Manual de Clasi fi cador de Cargos del PRONACEJ, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0196-2019-JUS, y su modi fi catoria, para desempeñar el cargo de con fi anza de Jefe de la Subunidad de Recursos Humanos del PRONACEJ, adjuntando los documentos correspondientes que lo acreditan;Con las visaciones de la Unidad de Administración y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 0120-2019-JUS, que aprueba el Manual de Operaciones del PRONACEJ, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Designar a la señora LILIANA CHANAMÉ CASTILLO en el cargo de con fi anza de Jefa de la Subunidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Centros Juveniles, con e fi cacia a partir del 15 de mayo de 2020. Artículo 2 .- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA LUISA SILVA PEREDO Directora Ejecutiva (e)Programa Nacional de Centros Juveniles 1866612-1 PRODUCE Aprueban el Protocolo Sanitario de Operación ante el COVID-19 del Sector Producción para el inicio gradual e incremental de actividades, de la Fase 1 de la “Reanudación de Actividades”, en materia de servicio de entrega a domicilio (delivery) por terceros para las actividades: “Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio y/o recojo en local”, y “Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 163-2020-PRODUCE Lima, 21 de mayo de 2020VISTOS: El Informe N° 00000016-2020-PRODUCE/ DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe N° 00000050-2020-PRODUCE/DN de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 00000633-2020-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe N° 00000298-2020-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19; Que, en nuestro país, la expansión de la epidemia obligó a la adopción de medidas como el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM y N° 083-2020-PCM; Que, mediante Ministerial N° 144-2020-EF/15, se conformó el “Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas” con el