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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (08/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Domingo 8 de noviembre de 2020 / El Peruano para la gestión, conservación y manejo de áreas verdes y arbolado urbano, existente o por crearse, en el espacio público de la provincia de Lima; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulan asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de la publicación del proyecto, al que re fi ere la norma, deberá publicarse en el Diario O fi cial El peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días útiles; Estando a lo expuesto, contando con la visación de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2208; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Ordenanza para la Gestión, Manejo y Conservación de Áreas Verdes y Arbolado Urbano en la Provincia de Lima”, en el Portal Institucional, el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Establecer que la recepción de los aportes, comentarios y/o sugerencias se realizará de acuerdo con los mecanismos de participación siguientes: 2.1 Aportes por escrito: Los interesados podrán remitir sus aportes a la sede central de la institución ubicada en Jr. Conde de Superunda N° 169 - 4to. Piso, Cercado de Lima. 2.2 Aportes en línea: Los interesados podrán remitir sus aportes al siguiente correo electrónico: kyara.diaz@munlima.gob.pe La recepción de los aportes mediante los mecanismos señalados en los numerales 2.1 y 2.2 se efectuará por un plazo de diez (10) días hábiles computados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- Disponer que la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación publique la presente Resolución de Alcaldía y el proyecto de Ordenanza en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1900947-1 Disponen la publicación del proyecto de Ordenanza que promueve la disminución progresiva de plástico de un solo uso y otros envases descartables en la provincia de Lima, en el Portal Institucional de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 313 Lima, 6 de noviembre de 2020 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTO:El Memorando N° 435-2020-MML/GSCGA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente, señala que toda persona tiene derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la de fi nición y aplicación de la políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. Así, el numeral 8.2 de la referida Ley, señala que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; Que, el numeral 11 del artículo 161 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2208, establece como funciones y atribuciones de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, entre otras, la de formular, proponer e implementar ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, contratos, convenios y otras normas de aplicación institucional metropolitana; Que, la propuesta normativa tiene por objeto promover la disminución progresiva del plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables de poliestireno expandido para alimentos y bebidas de consumo humano, en la provincia de Lima, en el marco de la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes y envases descartables y su Reglamento; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulan asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de la publicación del proyecto al que re fi ere la norma deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el Portal de Transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días útiles; Estando a lo expuesto, contando con la visación de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 28611 - Ley General del Ambiente, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2208; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Ordenanza que promueve la disminución progresiva de plástico de un solo uso y otros envases descartables en la provincia de Lima, en el Portal Institucional, el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano.