Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2020 (08/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 8 de noviembre de 2020

NORMAS LEGALES

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de supervisión y fiscalización de instituciones y/o establecimientos para verificar que las disposiciones contenidas en la presente ordenanza se cumplan, 3.2 Promoverá políticas públicas dirigidas a la prevención y atención del acoso sexual en espacios públicos en la región de Puno. 3.3 Coordinará y motivará la actualización del Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Puno para incorporar acciones de prevención y atención de casos de acoso sexual en espacios públicos en la región. 3.4 Diseñará y estructurará un sistema estadístico de información acerca de la problemática del acoso sexual en espacios públicos en la Región Puno 3.5 Gestionará los recursos económicos necesarios para poder implementar adecuadamente la presente ordenanza considerándose en sus respectivos planes operativos y presupuestos institucionales y/o a través de la elaboración de un PIP. 3.6 Promoverá coordinaciones con Gobiernos provinciales y Gobiernos Locales e instituciones involucradas en acciones de prevención y atención en especial la aprobación de Ordenanzas locales para que sancionen administrativamente actos de acoso sexual en espacios públicos que puedan perpetrarse en establecimientos que realizan actividades económicas y/o comerciales, obras en proceso de edificación y/o y medios de transporte público. Asimismo, la Gerencia Regional de Desarrollo Social coordinar el monitoreo de estas Ordenanzas aprobadas por gobiernos locales provinciales y distritales, solicitando información anualmente sobre su nivel de implementación. 3.7 Promoverá a través de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones un trabajo articulado y coordinado con la Superintendencia de Transporte entre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), y la Policía Nacional del Perú para la realización de campañas de prevención contra el acoso sexual en espacios públicos. Artículo 7º.POLÍTICAS DE ATENCIÓN PRIORIZADAS FRENTE LA PROBLEMÁTICA DEL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS El Gobierno Regional de Puno: 7.1 Realizará acciones conjuntas y coordinadas con todos los miembros integrantes de LA INSTANCIA DE CONCERTACIÓN REGIONAL PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRPO FAMILIAR" aprobada por Ordenanza Regional Nº 025-2016-GR PUNO-CRP, para fortalecer la prevención y atención de casos de acoso sexual en espacios públicos, en coordinación con los gobiernos locales, autoridades públicas y privadas, así como también la participación de la población civil. 7.2 Promoverá la atención integral de las víctimas de acoso sexual en espacios públicos en instancias gratuitas del Estado como Centro Emergencia Mujer y en los Centros de Salud y/o centros de atención especialmente con programas de terapias psicológicas. 7.3 Coordinará a través de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones con la PNP el cumplimiento de las acciones de vigilancia frente a casos de acoso sexual en espacios públicos, así mismo la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones coordinará con los medios de comunicación masiva en el ámbito Regional para la difusión y prevención del acoso sexual callejero en el marco de la Ley Nº 30314 7.4 Recomendar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a cargo de la implementación de la presente Ordenanza, la promoción de convenios con instituciones estatales, internacionales y ONG´s que propicien la defensa de los Derechos Humanos para el fortalecimiento de capacidades de los servicios de prevención, protección y atención frente a casos de acoso sexual en espacios públicos. Artículo 8º.- INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA SEMANA CONTRA EL ACOSO SEXUAL La presente Ordenanza institucionaliza el acto cívico denominado Semana de "NO AL ACOSO SEXUAL

EN ESPACIOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN PUNO" a celebrarse la segunda semana de abril de cada año, con fecha central el 10 de abril; teniendo como propósito visibilizar la problemática del acoso sexual en espacios públicos e incidir de manera directa en la prevención y erradicación. Artículo 9º.- ORGANIZACIÓN, CELEBRACIÓN Y DIFUSIÓN DEL ACTO CÍVICO Corresponde a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Instancia regional de concertación para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar-Ley Nº 30364, la organización, celebración y difusión de la Semana de "NO AL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS EN LA REGIÓN DE PUNO". Artículo 10º.- PROHIBICIONES En la circunscripción territorial de la Región Puno, se prohíbe: 1. Realizar todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza sexual en contra de una u otras personas, en especial contra mujeres, niñas y adolescentes; en los espacios públicos. 2. Realizar actos de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación, exhibicionismo y/o mostrar los genitales en contra de una u otras personas, en especial contra mujeres, niñas y adolescentes; en los espacios públicos. 3. Permitir o tolerar el titular, conductor, propietario y/o similar de establecimientos, obras en proceso de edificación y empresas de transporte público; todo tipo de comentarios, insinuaciones, frases, gestos, silbidos, sonidos de besos y otros similares de naturaleza sexual en contra de una u otras personas, en especial contra mujeres, niñas, y adolescentes por parte de personal a su cargo. 4. Permitir o tolerar el titular, conductor, propietario y/o similar de establecimientos, obras en proceso de edificación y empresas de transporte público; la realización de tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación, exhibicionismo y/o mostrar los genitales en contra de una u otras personas en especial contra mujeres, niñas y adolescentes por parte de personal a su cargo. CAPÍTULO II CAPACITACIÓN AL PERSONAL Artículo 11º.- CAPACITACIÓN A FUNCIONARIOS/ AS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO El Gobierno Regional a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia de Infraestructura y entre otras Gerencias con competencia, realizará y/o gestionará la capacitación sobre la problemática del acoso sexual en espacios públicos a los funcionarios/as, personal administrativo del Gobierno Regional de Puno. Artículo 12º.- RESPONSABILIDAD DE LA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL Y SU ARTICULACIÓN CON OTRAS GERENCIAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO La Gerencia regional de Desarrollo Social es responsable de la implementación, seguimiento y evaluación de las acciones de prevención, prohibición y sanción del acoso sexual en espacios públicos, labor que podrá desarrollar en coordinación Gerencia de Infraestructura en otras Gerencias competentes en la materia. Artículo 13º.- OBLIGACIÓN DE COLOCAR CARTELES CONTRA EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS Todas las dependencias del Gobierno Regional, incluidos centros educativos y de salud deben publicar

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