Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2020 (08/11/2020)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 28
28
NORMAS LEGALES
Domingo 8 de noviembre de 2020 /
El Peruano
Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el cierre de agencias en los departamentos de Lima, Ancash, Tacna, La Libertad y Piura
RESOLUCIÓN SBS N° 02603-2020 Lima, 22 de octubre de 2020 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre de cinco (5) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha presentado la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A., el cierre de cinco (5) agencias según el siguiente detalle:
N° 1 Dirección Tipo Distrito Chorrillos Provincia Departamento Lima Lima
Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N. 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N. 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 0012007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010 AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154 AREQUIPA y sus modificatorias dispuestas por Ordenanzas Regionales Nº 301-AREQUIPA, Nº 342-AREQUIPA, Nº 392-AREQUIPA, Nº 393-AREQUIPA y Nº 403-AREQUIPA. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN AMBIENTAL REGIONAL DE AREQUIPA Artículo 1°- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto modificar la (composición y/o funciones) de la Presidencia, Secretaria Técnica de las Comisión Ambiental Regional (CAR) de Arequipa. Artículo 2°- Finalidad La CAR de Arequipa, tiene por finalidad concertar y coordinar la Política Nacional del Ambiente en el ámbito Regional de Arequipa, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores público, privado y la sociedad civil. Artículo 3°- Ámbito La CAR de Arequipa, ejerce sus funciones en el ámbito de la jurisdicción del Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 4º.- Composición La CAR de Arequipa, estará conformada por los representantes de las siguientes instituciones: 1. Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Autoridad Regional Ambiental ARMA. 2. Consejo Regional de Arequipa del Gobierno Regional de Arequipa. 3. Gerencia Regional de Agricultura. 4. Gerencia Regional de Producción. 5. Gerencia Regional de Energía y Minas. 6. Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo. 7. Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 8. Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. 9. Gerencia Regional de Salud. 10. Gerencia Regional de Educación. 11. Órgano Desconcentrado del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre en Arequipa (SERFOR Arequipa). 12. Autoridad Autónoma de Majes (AUTODEMA). 13. Autoridad Autónoma del Colca y Anexos (AUTOCOLCA). 14. Órgano Desconcentrado de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) en Arequipa. 15. Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca Chili. 16. Órgano Desconcentrado de la Autoridad Marítima Nacional en Arequipa (Dirección General de Capitanía y Guardacostas Arequipa). 17. Órgano Desconcentrado del Instituto del Mar del Perú IMARPE en Arequipa. 18. Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA Arequipa). 19. Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA Arequipa). 20. Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA Arequipa). 21. Representante de la Oficina Defensoría del Pueblo de Arequipa. 22. Departamento de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú (DEPMEAMB PNP). 23. Órgano Desconcentrado del Servicio Nacional de
Av. Defensores del Morro Agencia Mz. E Lte. 03 Av. Raymondi 3º Cda. Nº 3030 - Mz 126 Lte. 19 Urb. Cono Aluvionico Oeste Av. La Cultura Mz 95 Lte 26 - 27 Agencia
2
Independencia Coronel Gregorio Albarracín Chepén
Huaraz
Ancash
3 4
Agencia
Tacna Chepén
Tacna La Libertad
Lote 2 Mz. 161 Sector VII Agencia Centro Poblado Chepén Centro Poblado Ciudad de Chulucanas Centro Mz. A Lt. 15 (Ahora calle Apurímac 665- 669) Agencia
5
Chulucanas
Morropón
Piura
Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA TERESA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1898471-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Ordenanza Regional que aprueba la modificación de la creación de la Comisión Ambiental Regional de Arequipa
ORDENANZA REGIONAL Nº 434-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: