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109 NORMAS LEGALES Viernes 2 de octubre de 2020 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Lisbet Auccahuaqui Torre, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4519-2016-MP-FN, de fecha 02 de noviembre de 2016, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Mariela Velasquez Gutierrez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Echarate, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2583-2017-MP-FN, de fecha 21 de julio de 2017, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Washington Luza Duran, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, con reserva de su plaza de origen. Artículo Cuarto.- Nombrar a la abogada Paola Franccesca Ayma Reyes, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Echarate, con reserva de su plaza de origen. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1889776-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Mitsui Auto Finance Perú S.A., el cierre temporal de dos oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Arequipa y Cajamarca RESOLUCIÓN SBS Nº 02353-2020 Lima, 25 de septiembre de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Mitsui Auto Finance Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de dos (02) o fi cinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, en el contexto actual de Estado de Emergencia Nacional declarado el 15 de marzo de 2020 mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y modi fi catorias, mediante O fi cio Múltiple Nº 19330-2020-SBS del 10 de agosto de 2020 se estableció que los cierres temporales de o fi cinas por un plazo mayor a cuatro (04) días hábiles requerirán autorización de esta Superintendencia, y mediante O fi cio Múltiple Nº 22226-2020-SBS del 01 setiembre de 2020 se precisó que los cierres temporales de o fi cinas por fuerza mayor, por un plazo mayor a catorce (14) días hábiles requirirán autorización de esta Superintendencia; Que, la entidad señala que las dos (02) o fi cinas especiales, materia de su solicitud, se ubican dentro de concesionarios de terceros, los cuales se encuentran cerrados por motivo del aislamiento social obligatorio (cuarentena) focalizado, decretado por el Gobierno Central el 12 de agosto de 2020 mediante el Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM y sus modi fi catorias; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi fi catorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a Mitsui Auto Finance Perú S.A., en vías de regularización, el cierre temporal de dos (02) o fi cinas especiales dado que estas se ubican dentro de concesionarios de terceros, los cuales se encuentran cerrados por motivos de la cuarentena focalizada decretada por el Gobierno Central mediante Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM y sus modi fi catorias; hasta cuando se decrete el levantamiento de dicha cuarentena, según el siguiente detalle: Ofi cina EspecialDirección Distrito ProvinciaDeparta- mento Mitsui AutomotrizCalle Villa Hermosa Nº 1151Cerro ColoradoArequipa Arequipa Cajamarca Av. Pakamuros 1797 Jaén Jaén Cajamarca Artículo Segundo.- Mitsui Auto Finance Perú S.A. debe comunicar a esta Superintendencia el inicio de operaciones de cada una de las o fi cinas especiales consideradas en el artículo primero, al siguiente día hábil de su apertura. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA TERESA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1888692-1 JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Autorizan transferencia financiera de la Junta Nacional de Justicia a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a favor de deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19 RESOLUCIÓN N° 058-2020-P/JNJ San Isidro, 29 de setiembre de 2020 VISTOS: Los Informes N°s. 0146 y 184-2020ARH-OAF/JNJ de la Unidad de Recursos Humanos, los memorandos N°s.