Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2020 (02/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Viernes 2 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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resulta necesario que se precisen sus competencias técnicas a fin de que se tenga claridad en los logros que deban alcanzar. En consecuencia, en mérito a lo dispuesto en el Artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reconformar el Equipo Técnico de Apoyo a la Representación del Poder Judicial ante la Comisión Multisectorial Coordinadora del Registro Único de Víctimas y Personas Agresoras ­ RUVA, el cual estará integrado por: Sra. Econ. María Dolores Peche Becerra, Coordinadora de la Gerencia de Planificación del Poder Judicial, en calidad de Coordinadora del Equipo y vocera de la Representante y del Equipo Técnico del RUVA; Sr. Lic. Juan José Sánchez Cangahuala, de la Comisión Nacional Permanente de Acceso a la Justicia y Justicia en tu Comunidad, como Coordinador de Seguimiento del Equipo Técnico; Sr. Julio Arturo Bustamante Fernández, Gestor de Proyectos de la Gerencia de Informática, en calidad de Supervisor del Proyecto RUVA, que se encuentra en desarrollo en la citada Gerencia. Artículo Segundo.- Precisar que a nivel del Poder Judicial, la responsabilidad por el desarrollo técnico del RUVA, es asignada a la Señora Doctora Janet Ofelia Lourdes Tello Gilardi, en calidad de Representante del Poder Judicial ante la Comisión Multisectorial Coordinadora del Registro Único de Victimas y Personas Agresoras ­ RUVA, por lo cual deberá presentar a esta Presidencia informes de avance en las metas físicas y financieras de la implementación del RUVA, con la periodicidad que se le solicite a través de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, en los cuales detalle los logros, los problemas enfrentados y las medidas adoptadas para solucionarlos. Toda acción en relación a la implementación de esta importante mejora tecnológica, debe ser consultada a la señora Jueza Suprema, Representante ante el RUVA, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la señora Jueza Suprema Titular Representante del Poder Judicial ante la Comisión RUVA, a la Presidenta de la Comisión Multisectorial Coordinadora del RUVA del Ministerio Público, a la Gerencia General del Poder Judicial, a las Gerencias de Planificación e Informática de la Gerencia General del Poder Judicial y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1889797-1

Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de octubre es el siguiente:

El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (i) 1889478-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan de Tantaranche, provincia de Huarochirí, departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 0316-2020-JNE Expediente Nº JNE.2019008124 SAN JUAN DE TANTARANCHE - HUAROCHIRÍ LIMA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintidós de setiembre de dos mil veinte.

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de octubre
CIRCULAR Nº 0026-2020-BCRP Lima, 1 de octubre de 2020 El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del

VISTOS los escritos presentados el 27 de agosto de 2020 y 11 de diciembre de 2019, por el alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Tantaranche, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, mediante los cuales solicita la convocatoria de candidato no proclamado, debido a la vacancia de Alexandra Mónica Ignacio Inacio, regidora del referido concejo municipal, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones de concejo municipal ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Con fecha 11 de diciembre de 2019, se recibió la solicitud del alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Tantaranche, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, mediante la cual solicitó la convocatoria de candidato no proclamado, debido a que el

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