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17 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de octubre de 2020 El Peruano / Designan Asesora II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 226-2020-MIMP Lima, 19 de octubre de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (CAP-P N° 005), cargo considerado de con fi anza; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo de con fi anza; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora CRISTINA MERCEDES GASTULO YONG en el cargo de con fi anza de Asesora II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSARIO SASIETA MORALES Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1895166-1 Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 227-2020-MIMP Lima, 19 de octubre de 2020VISTOS, los Informes N° D000188-2020-MIMP- OPTP y N° D000240-2020-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal, los Memorándums N° D000389-2020-MIMP-OGRH, N° D000457-2020-MIMP-OGRH, N° D000502-2020-MIMP-OGRH y N° D000540-2020-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos, el Informe N° D000100-2020-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, la Nota N° D000099-2020-MIMP-OPR de la O fi cina de Presupuesto, los Memorándums N° D000624-2020-MIMP-OGPP y N° D000681-2020-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° D000189-2020-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, según el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es un organismo del Poder Ejecutivo, rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, en adelante la Directiva, la misma que establece, entre otros, las reglas para que las Entidades del Sector Público aprueben el Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva, señala que el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “n° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”, y b) Otras acciones de administración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; asimismo, precisa que el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional y podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la ofi cina de racionalización, o quien haga sus veces; Que, con Resolución Ministerial N° 134-2015-MIMP se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, siendo que mediante las Resoluciones Ministeriales N° 008-2016-MIMP, N° 300-2017-MIMP, N° 157-2018-MIMP y N° 075-2019-MIMP se han efectuado reordenamientos de los cargos contenidos en el mismo; Que, mediante Memorándums N° D000389-2020- MIMP-OGRH, N° D000457-2020-MIMP-OGRH, N° D000502-2020-MIMP-OGRH y N° D000540-2020-MIMP-OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos, tomando como base los Informes N° D000188-2020-MIMP-OPTP y N° D000240-2020-MIMP-OPT de su Ofi cina de Procesos Técnicos de Personal, sustenta la propuesta del reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a fi n de dar cumplimiento al mandato judicial con carácter de cosa juzgada que dispone la reposición de una persona, la cual ha sido considerada en la Plaza CAP N° 343; precisando que, el aludido reordenamiento, no incide en un incremento en el marco presupuestal asignado al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; adjuntando el Anexo A que forma parte integrante de la presente resolución; Que, la Décima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece, entre otros, que si por sentencia judicial consentida o ejecutoriada, se ordenase la reposición temporal o defi nitiva de un servidor en la entidad pública a la cual pertenecía, la entidad deberá hacer los trámites y ajustes necesarios para la reincorporación del personal repuesto en los regímenes de los Decretos Legislativos N° 276 o 728, según corresponda; Que, mediante Memorándums N° D000624-2020- MIMP-OGPP y N° D000681-2020-MIMP-OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto opina favorablemente sobre la propuesta, a través de: (i) la Nota N° D000099-2020-MIMP-OPR por la cual la O fi cina de Presupuesto precisa que el referido reordenamiento de cargos no incide en un incremento del presupuesto de la entidad y en ningún caso habilita a utilizar mayores recursos para tal efecto, no encontrando inconvenientes en materia presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la propuesta del reordenamiento del CAP – Provisional, orientado a la reincorporación de personal; y, (ii) el Informe