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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (31/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2020 / El Peruano Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG; y, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1. Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (INNOVATE PERÚ) para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 33 780,45 (TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 45/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el Año Fiscal 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (INNOVATE PERÚ), fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La O fi cina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (INNOVATE PERÚ) del Pliego 038: Ministerio de la Producción, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5. Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRIGUEZ Ministro de la Producción 1899031-1 Autorizan transferencias financieras a favor del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y el Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00376-2020-PRODUCE Lima, 30 de octubre de 2020VISTOS: El O fi cio Nº_490-2020-PRODUCE/ INNÓVATE_PERÚ.CE de la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, el Memorando N° 00000862-2020-PRODUCE/OGPPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N°_00000160-2020-PRODUCE/OP, de la Ofi cina de Presupuesto; y el Informe N°_00000769-2020- PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 546-2019-PRODUCE se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, que incluye el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (INNOVATE PERÚ); Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; Que, con fecha 22 de agosto del 2016, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, cuyo objetivo general es contribuir al crecimiento de la productividad empresarial a través de un aumento de los niveles de innovación; Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza durante el Año Fiscal 2020 al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (INNOVATE PERÚ), entre otros, para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que este administra, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación; Que, asimismo, la referida Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución del Titular del Pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital; Que, mediante O fi cio N° 490-2020-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, sustentado en el Informe N° 135-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG, de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, INNOVATE PERÚ solicita la emisión de una Resolución Ministerial que autoriza efectuar transferencias fi nancieras a favor del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y el Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, vinculadas al Sector Producción y al Gobierno Regional del Departamento de San Martín, respectivamente, por la