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27 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2020 El Peruano / suma total de S/ 331 802,54 (TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DOS Y 54/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, destinados a co fi nanciar el desembolso a un (01) Proyecto de Misiones Tecnológicas – MT y un (01) Proyecto de Dinamización de Ecosistemas Regionales de Innovación y Emprendimiento – DER, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; Que, mediante Memorando N° 00000862-2020-PRODUCE/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción remite y hace suyo el Informe N° 00000160-2020-PRODUCE/OP de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual, emite opinión favorable en materia presupuestaria respecto a la emisión de la Resolución Ministerial que autoriza efectuar la transferencias fi nancieras a favor de las dos (02) entidades públicas mencionadas, las cuales se realizarán por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y el Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, vinculadas al Sector Producción y al Gobierno Regional del Departamento de San Martín, respectivamente, hasta por la suma total de S/ 331 802,54 (TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS DOS Y 54/100 SOLES), de conformidad con el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinadas a efectuar los desembolsos a los proyectos señalados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE y lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.Artículo 4.- MonitoreoLa Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se realizan las referidas transferencias fi nancieras, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 5.- Acciones Administrativas La O fi cina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación del Anexo Único a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRIGUEZ Ministro de la Producción 1899045-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Campoverde RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 098-2020-DV-PE Lima, 30 de octubre de 2020VISTO:El Memorando Nº 000030-2020-DV-PP-PIRDAIS, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, remite el Anexo N° 01 que detalla el Proyecto, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;