NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (02/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de setiembre de 2020 El Peruano / de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Coordinador (e) de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE:Artículo 1.-Transferencia fi nanciera Autorízase la transferencia fi nanciera del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero por la suma de S/ 35 220.00 (Treinta y cinco mil doscientos veinte y 00/100 Soles), de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la fi nalidad de ser destinados a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, de conformidad con dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal 2020 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Especi fi ca de Gasto 2.4.1 3.11 “A otras unidades del Gobierno Nacional”. Artículo 3.- Acciones administrativas para efectivizar la transferencia fi nanciera Disponer que la O fi cina General de Administración efectúe las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, siendo responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (www.fondepes.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALVARO RICARDO REINOSO ROSAS JefeFondo Nacional de Desarrollo PesqueroFONDEPES 1881462-1 RELACIONES EXTERIORES FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 030-2020-RE Mediante O fi cio N° 932-2020-DP-SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 030-2020-RE, publicado en la edición del día 21 de agosto de 2020. En el cuarto considerando;DICE: “Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual; a efectos de atender el pago de las cuotas anuales a favor de diversos organismos internacionales;“ DEBE DECIR: “Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual; a efectos de atender el pago de las cuotas anuales a favor de diversos organismos internacionales;” En el Artículo 1;DICE: “Artículo 1. Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios , Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia de la Protección de la Propiedad Intelectual, respecto de los siguientes organismos internacionales:” DEBE DECIR:“Artículo 1. Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados , Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia de la Protección de la Propiedad Intelectual, respecto de los siguientes organismos internacionales:” 1881522-1 SALUD Designan Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 031-2020 SA/DVM-PAS Lima, 1 de setiembre del 2020Visto, el Expediente N° 20-072769-001, que contiene la Nota Informativa N° 1143-2020-DGOS/MINSA, emitida por la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 022- 2020-SA/DVM-PAS, de fecha 5 de mayo de 2020, se designó al médico cirujano ELIAS WILFREDO SALINAS CASTRO, en el cargo de Director General (CAP – P N° 1), Nivel F-5, de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, con el documento de visto, la Dirección General de Operaciones en Salud propone efectuar acciones de personal respecto del citado cargo para asegurar el normal funcionamiento de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur; Que, a través del Informe Nº 440-2020-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, la O fi cina General de Gestión de