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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (02/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de setiembre de 2020 El Peruano / puérperas alojadas en casa materna - período calendario de setiembre a diciembre 2019” que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Precisar que las unidades ejecutoras que reciban las transferencias fi nancieras por la UE 001 SIS por prestaciones administrativas para su incorporación, deberán crear una secuencia funcional exclusiva para tal fi n, en los clasifi cadores 2.3.11.11 “Alimentos y Bebidas para Consumo Humano”, 2.3.13.11 “Combustibles y Carburantes”, 2.3.13.12 “Gases”, 23.26.41 “Gastos por prestaciones de salud” (Provisión de alimentos de un proveedor privado, según disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado). Artículo 3.- Precisar que los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución corresponden al pago retrospectivo por asignación de alimentos para gestantes o puérperas alojados en casa materna, y no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1881457-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION EN GLACIARES Y ECOSISTEMAS DE MONTAÑA Disponen publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (Inaigem) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 031-2020-INAIGEM/PE Huaraz, 27 de agosto de 2020VISTOS:El Informe Nº D000010-OPPM-GG-INAIGEM-2020 de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del INAIGEM; el Informe Nº D000004-OAJ-GG-INAIGEM-2020, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del INAIGEM; que contienen las opiniones favorables para se disponga la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Inaigem que contiene las Secciones Primera y Segunda del citado documento de gestión, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30286, se crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (Inaigem) como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera que constituye un pliego presupuestal;Que, con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo 131-2018-PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de las unidades orgánicas, así como las relaciones de dependencia; Que, de acuerdo a los artículos 44º y 45º de los citados Lineamientos de Organización del Estado, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones especí fi cas asignadas a las unidades de organización, y se aprueba por resolución del titular de la entidad; Que, asimismo, el artículo 44-A de los referidos Lineamientos de Organización del Estado señala que, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones - ROF es elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y debe contar con su visto y el de la O fi cina de Asesoría Jurídica para su publicación en el portal de transparencia de la entidad. Igualmente, señala que, cuando se modi fi ca el ROF, al día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del decreto supremo o resolución del titular, la entidad cuenta con dos días hábiles para actualizar el texto integrado, bajo responsabilidad de su Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y de su O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, el numeral 12.8 de la Directiva Nº 001-2018- SGP “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, modi fi cado por Resolución de Secretaria de Gestión Nº 003- 2019-PCM/SGP, establece que para la elaboración del Texto Integrado del ROF al que se re fi ere el artículo 44-A de los Lineamientos de Organización del Estado, modi fi cado por el Decreto Supremo 131-2018-PCM, la entidad del Poder Ejecutivo toma como referencia la estructura del ROF contenida en el Anexo 4, debiendo indicar para cada artículo su correspondiente base legal, ya sea el decreto supremo que aprobó la sección primera o la resolución del titular que aprobó la sección segunda, según corresponda; Mediante el Decreto Supremo Nº 005-2020-MINAM y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 028-2020-INAIGEM/PE, publicados en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de julio de 2020 y el 26 de agosto de 2020, se aprueban la Sección Primera y la Sección Segunda, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones del Inaigem; En ese contexto, con Informe Nº D000010-OPPM-GG- INAIGEM-2020, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mani fi esta que, en cumplimiento a lo establecido en la normativa vigente, relacionada a la organización y estructura del Estado, ha elaborado el Texto Integrado del ROF para la visación y publicación correspondiente; Por su parte con Informe Nº D000004-OAJ-GG- INAIGEM-2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, es jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Presidencia Ejecutiva por la que disponga la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Inaigem que contiene las Secciones Primera y Segunda del citado documento de gestión; Que, en consecuencia, es necesario disponer la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (Inaigem); Estando a lo propuesto y contando con los visados de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30286, que crea el Instituto Nacional