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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (01/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 1 de abril de 2021 El Peruano / Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, en adición a sus funciones. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente del Consejo Directivo Ad HocSineace 1940353-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan Secretaria Técnica de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del lNDECOPI RESOLUCIÓN Nº 000035-2021-PRE/INDECOPI San Borja, 23 de marzo del 2021VISTOS:El Informe Nº 000069-2021-GEL/INDECOPI, el Informe Nº 000107-2021-GRH/INDECOPI, el Informe Nº 000034-2021-GEG/INDECOPI, el Informe Nº 000233-2021-GEL/INDECOPI; y, CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los Secretarios Técnicos de la Institución; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal f) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado a designar y remover a los Secretarios Técnicos; Que, atendiendo a lo expuesto en los considerandos precedentes y los informes emitidos por los órganos técnicos de la entidad mediante los documentos de Vistos, el Consejo Directivo, mediante Acuerdo Nº 030-2021 del 16 de marzo de 2021, ha acordado designar a la señora Paola Caicedo Safra como Secretaria Técnica de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Paola Caicedo Safra como Secretaria Técnica de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del lNDECOPI, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA Presidenta del Consejo Directivo 1937459-1 Declaran barreras burocráticas ilegales diversas medidas establecidas en los Procedimientos N° 147 y 155 de la Ordenanza Municipal N° 643-MPH/CM que modificó el TUPA de la Municipalidad Provincial de Huancayo RESOLUCIÓN FINAL Nº 0041-2021/INDECOPI-JUN AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la O fi cina Regional del Indecopi de Junín FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 5 de febrero de 2021 BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Los requisitos y exigencias para tramitar la renovación de la autorización del servicio de taxi, materializados en el Procedimiento N° 147 de la Ordenanza Municipal N° 0643-MPH/CM, que modi fi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huancayo aprobado por Ordenanza Municipal N° 528-MPH/CM, consistentes en: 1. El requisito de presentar una copia simple de la copia literal de la partida electrónica de la persona jurídica donde se establezca como objeto social la prestación del servicio de transporte terrestre y el servicio de transporte especial de taxi, para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi. 2. La exigencia de indicar el número de certi fi cado de cada conductor en la relación de conductores para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi. 3. El requisito de presentar el número de placas de rodaje de los vehículos y las demás características que fi guran en la tarjeta de identi fi cación y/o propiedad vehicular de la fl ota que integre o copias simples de la tarjeta de propiedad, para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi. 4. El requisito de presentar una declaración jurada de cumplir con cada una de las condiciones necesarias para obtener la autorización, para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi. 5. El requisito de presentar una declaración jurada de no haber recibido sanción fi rme de cancelación o inhabilitación de fi nitiva respecto del servicio que solicita, para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi. 6. El requisito de presentar una declaración jurada de no encontrarse sometido a una medida de suspensión precautoria del servicio, para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi. 7. El requisito de presentar una fotografía indicando las características de la fl ota operativa para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi. 8. La exigencia de acreditar ser titular o tener suscrito contrato vigente que le permita el uso y usufructo de una ofi cina administrativa, para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi, cuando este es prestado con más de cinco (5) vehículos. 9. La exigencia de contar con taller de mantenimiento, sea propio o contratado por terceros, para tramitar la renovación de la autorización para prestar el servicio de taxi, cuando este es prestado con más de cinco (5) vehículos.