TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Viernes 2 de abril de 2021 El Peruano / MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Directora II de la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 102-2021-MIMP Lima, 1 de abril de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 083-2021- MIMP, se designa temporalmente a la servidora ELBA MARCELA ESPINOZA RIOS, Directora II de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, como Directora II de la Dirección de Personas Adultas Mayores de la citada Dirección General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en adición a sus funciones; por lo que, es necesario dar por concluida la designación temporal y designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal de la servidora ELBA MARCELA ESPINOZA RIOS, Directora II de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, como Directora II de la Dirección de Personas Adultas Mayores de la citada Dirección General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora KATHERINE JOHANNA CASTILLO MENA en el cargo de con fi anza de Directora II de la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1940383-1 PRODUCE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00092-2021-PRODUCE Mediante O fi cio Nº 00000457-2021-PRODUCE/ SG, el Ministerio de la Producción solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 00092-2021-PRODUCE, publicada en la edición del día 23 de marzo de 2021, en las páginas 19 y 20.En el título: DICE:“Autorizan transferencia de recursos fi nancieros a favor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE y del Instituto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES” DEBE DECIR:“Autorizan transferencia de recursos fi nancieros a favor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE y del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES” En el artículo 2:DICE:“Artículo 2.- Autorización de transferencia de recursos a favor del SANIPES Autorizar la transferencia de recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, a favor del Instituto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES (…)” DEBE DECIR:“Artículo 2.- Autorización de transferencia de recursos a favor del SANIPES Autorizar la transferencia de recursos fi nancieros de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, a favor del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES (…)” 1940346-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0128-2021-RE Lima, 31 de marzo de 2021 CONSIDERANDO: Que, una de las recomendaciones de las autoridades nacionales y provinciales argentinas para la realización del proceso electoral peruano en ese país, consiste en el uso del mayor número posible de locales electorales, con el fi n de mantener un adecuado distanciamiento social entre los numerosos electores que participarán de la jornada electoral el 11 de abril de 2021; Que, el Consulado General del Perú en Buenos Aires ha acordado con las autoridades competentes que el proceso electoral se lleve a cabo en nueve locales electorales, los cuales deberían estar a cargo de un funcionario diplomático de la Embajada o del Consulado. Hasta la fecha entre ambas misiones solo cuentan con ocho funcionarios diplomáticos para la adecuada ejecución del referido proceso electoral; Que, en el Consulado General del Perú en La Plata, la jornada electoral se llevará a cabo en tres locales electorales, y solo cuenta con dos funcionarios diplomáticos; Que, por lo antes expuesto, es necesaria la participación de dos funcionarios para que apoyen en la realización del citado proceso electoral en el Consulado General del Perú en Buenos Aires y en el Consulado General del Perú en La Plata, República Argentina; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°