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10 NORMAS LEGALES Viernes 2 de abril de 2021 / El Peruano Resolución que autoriza el viaje al exterior del personal naval, en comisión de servicio, para que participen en el proceso de transferencia, acondicionamiento e incorporación de la Unidad Naval ROKS “SUNCHEON” (PCC-767), a realizarse en la Base Naval de Jinhae-gu, Provincia de Gyeongsang del Sur, República de Corea, del 5 de abril al 4 de julio de 2021, así como, autorizar su salida del país el 3 de abril de 2021; a efectos de su aprobación; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG; Que, asimismo, el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subo fi ciales u O fi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, establece que el personal nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 del referido Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; Que, a través del O fi cio N° 424-2021-MINDEF/ VPD/DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 078-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, mediante el cual emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 261-2021-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable autorizar el viaje al exterior de personal naval, en comisión de servicio, para que participe en el proceso de transferencia, acondicionamiento e incorporación de la citada Unidad Naval, por encontrarse conforme a la normativa sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicio, del personal naval que se indica a continuación, a la Base Naval de Jinhae-gu, Provincia de Gyeongsang del Sur, República de Corea, del 5 de abril al 4 de julio de 2021, así como autorizar su salida del país el 3 de abril de 2021; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución: Nº Grado Nombres y Apellidos CIP. DNI. 1 Capitán de FragataPaolo Ranieri CAMOGLIANO MANNUCCI00910739 43332870 2 Teniente PrimeroSantiago Augusto VÁSCONES DEL RISCO00006543 44713259 3 Teniente Primero Pedro Rubén HAYDEN SALAZAR 00029750 706727344 Teniente PrimeroSamuel Octavio Martín SUÁREZ AYALA00035774 45151284 5 Teniente Segundo Francisco José OJEDA MORET 00128041 45758621 6 Técnico 1° Men. Julio César VIRÚ MANRIQUE 02973157 156481957 Técnico 2° Eco. Luis Enrique LIZANO MONTELLANOS 00960445 43335202 Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos : Lima - Busán (República de Corea) US$. 3,500.00 x 7 personas US$. 24,500.00 Pasajes terrestres : Busán - Jinhae-gu (República de Corea) US$. 50.00 x 7 personas US$. 350.00 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$. 7,930.23 / 30 x 26 días (abril 2021) x 1 O ficial SuperiorUS$. 6,872.87 US$. 7,930.23 x 2 meses (mayo - junio 2021) x 1 O ficial Superior US$. 15,860.46 US$. 7,930.23 / 31 x 4 días (julio 2021) x 1 O ficial Superior US$. 1,023.26 US$. 6,608.53 / 30 x 26 días (abril 2021) x 4 O ficiales Subalternos US$. 22,909.57 US$. 6,608.53 x 2 meses (mayo - junio 2021) x 4 O ficiales Subalternos US$. 52,868.24 US$. 6,608.53 / 31 x 4 días (julio 2021) x 4 O ficiales Subalternos US$. 3,410.85 US$. 6,292.41 / 30 x 26 días (abril 2021) x 2 Técnicos US$. 10,906.84 US$. 6,292.41 x 2 meses (mayo - junio 2021) x 2 Técnicos US$. 25,169.64 US$. 6,292.41 / 31 x 4 días (julio 2021) x 2 Técnicos US$. 1,623.85 Total a pagar: US$. 165,495.58 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder