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47 NORMAS LEGALES Viernes 2 de abril de 2021 El Peruano / prorrogado dicho plazo y modi fi cado dichas medidas sucesivamente hasta la fecha, por lo que conforme a estos dispositivos se dictó el Decreto de Alcaldía N° 016-2020-MDJM del 08 de septiembre de 2020, que posterga la Convocatoria y Cronograma Electoral del proceso de elección de delegados de las Juntas Vecinales Comunales de Jesús María para el periodo 2020-2021; Que, a la fecha se han dictado una serie de protocolos de prevención y mitigación de riesgos sanitarios para los procesos electorales presenciales por parte de la autoridad electoral nacional, los mismos que son acordes a recomendaciones de organismos internacionales y la experiencia de procesos electorales ya realizados en situación de pandemia, siendo que bajo estas condiciones se van a desarrollar los comicios generales nacionales del 11 de abril del presente año; Que, por las consideraciones anteriores se ha adquirido el conocimiento y experiencia que permiten gestionar comicios electorales presenciales en las actuales circunstancias de emergencia sanitaria, por lo que procede derogar el Decreto de Alcaldía N° 016-2020-MDJM del 08 de setiembre de 2020, que posterga la convocatoria a elecciones de delegados de las Juntas Vecinales Comunales y convocar a estas elecciones de carácter vecinal; Contando con el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Humano, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR A ELECCIONES entre los vecinos del distrito de Jesús María, para conformar las Juntas Directivas 2021 - 2022 de las Juntas Vecinales Comunales, acto de votación que se realizará el 02 de mayo de 2021. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso de Elecciones, el mismo que estará integrado por los siguientes vecinos: • Gladys Jose fi na Rodríguez Vda. de Hervías, identi fi cada con D.N.I. N° 07222903, como Presidente. • Filomena Jara Ortega, identi fi cada con D.N.I. N° 08679798, como Secretario. • Frida del Carmen Najar Fachin, identi fi cada con D.N.I. N° 07260118, como Vocal. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma de Elecciones convocadas en el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía: 1. Difusión de la Convocatoria:A partir del día siguiente de publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” 2. Instalación del Comité Electoral:05 de abril de 2021 3. Publicación y disposición para entrega de Formatos:05 de abril de 2021 4. Presentación de solicitudes de inscripción de Listas:Del 06 al 12 de abril de 2021 5. Publicación de las solicitudes de inscripción de Listas:13 de abril de 2021 6. Recepción de recursos de impugnación a las inscripciones de listas:Del 13 al 14 de abril de 2021 7. Publicación de las listas inscritas:16 de abril de 2021 8. Cese de la publicidad electoral01 de mayo de 2021 9. Acto Electoral 02 de mayo de 202110. Publicación de las listas ganadoras03 de mayo 2021 11. Acto de Juramentación 11 de mayo de 2021 La Inscripción de las Listas, así como las Impugnaciones de las mismas, sólo podrán efectuarse por escrito presentado en los Módulos de la Subgerencia de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo de la Municipalidad, desde las 08:00 hasta las 17:00 horas, en días hábiles, en las fechas antes precisadas. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a los señores representantes del Jurado Nacional de Elecciones - JNE, así como de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, para que brinden el apoyo y asistencia técnica electoral y fi scalizadora en el proceso eleccionario que se convoca. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Comité Electoral, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Humano, a la Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional y demás áreas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus funciones y responsabilidades. Artículo Sexto.- DEROGAR todo aquel Decreto de Alcaldía que sea contrario a lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación de la misma, incluyendo todos los documentos que se deriven de la presente convocatoria, en el portal institucional www.munijesusmaria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde 1940066-2 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Ordenanza que aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de inscripción y baja de oficio de las personas que no cumplen con presentar oportunamente la declaración jurada de autovalúo en el Distrito de Los Olivos ORDENANZA N° 538-2021/CDLO Los Olivos, 25 de marzo de 2021EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOSVISTOS: El Memorándum Circular N° 0001-2021/ MDLO/GATyR, Informe N° 007-2021-MDLO/GATyR Informe N° 017-2021-MDLO/GATR/SGR e Informe N° 0018-2021-MDLO/GATyR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Informe N° 30-2021/MDLO/GAJ e Informe N° 51-2021/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 273-2021 de la Gerencia Municipal, Dictamen N° 003-2021-MDLO/CPEPP de la Comisión Permanente de Economía, Planeamiento y Presupuesto; y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194º, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley Nº 28607 concordante con el artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica