Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (13/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Martes 13 de abril de 2021 El Peruano / en el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, con retención de su cargo de carrera. Artículo Cuarto .- Designar a la abogada Kelin Gloria Cárdenas Sánchez , Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Quinto.- Precisar que el nombramiento y designación efectuados en el artículo tercero, surtan efectos a partir de la fecha de juramentación y culminen el 31 de diciembre del año en curso, conforme a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 019-2021-MP-FN-JFS, de fecha 18 de marzo de 2021. Artículo Sexto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las fi scales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1943065-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolo en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 514-2021-MP-FN Lima, 12 de abril de 2021VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 1325-2021-MP-FN-PJFS-DFLE, cursado por la abogada Edith Hernández Mendoza, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa veri fi cación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar al abogado Antony Bacilio Pérez Cari, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolo en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1943066-1Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho – Zona Media RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 515-2021-MP-FN Lima, 12 de abril de 2021 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario O fi cial. Que, el Decreto Legislativo N° 958, en sus artículos 16°, 17° y 18°, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2017-JUS, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especi fi cando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entraría en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Este, el 01 de julio de 2019. Que, por Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, quedando establecido que la implementación del citado Código, entraría en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Este, el 01 de octubre del año 2019. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 019-2020-MP-FN-JFS, de fecha 19 de mayo de 2020, en mérito al Acuerdo N° 5691, se dispuso, entre otros, la creación de plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales destinadas para el fortalecimiento de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas del Distrito Fiscal de Lima Este, conforme a lo señalado en el informe N° 004-2020-MP-FN-ETI-NCPP/ST, el ofi cio N° 0043-2020- MP-FN-STI-NCPP, de fecha 21 de febrero de 2020 y el informe N° 001-2020-MP-FN-ETI-NCPP/ST de fecha 08 de enero de 2020, cursados por la Secretaría Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, por el cual se sustenta la continuidad del Diseño de organización fi scal, dimensionamiento y desagregación del presupuesto autorizado por el Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiente al segundo tramo presupuestal para la continuidad de la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima Este, iniciada el 01 de octubre del año 2019. Del mismo modo, y de acuerdo a lo dispuesto en la referida resolución, debe tenerse en cuenta que las plazas fi scales creadas deberán ser cubiertas únicamente con fi scales provisionales. Que, con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1520-2020-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2020, se resolvió, entre otro, modi fi car las denominaciones de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Transitoria de San Juan de Lurigancho, en Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Alta y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Transitoria de San Juan de Lurigancho - Zona Alta; de la Tercera y Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho, en Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Media; y, de la Quinta, Sexta y Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho, en Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja, respectivamente.