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53 NORMAS LEGALES Martes 13 de abril de 2021 El Peruano / Revocan Acuerdo de Concejo Municipal N° 32-2020-MDM.CM, que rechazó el recurso de reconsideración interpuesto en contra del Acuerdo de Concejo N° 31-2020.MDM.CM, que aprobó solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali RESOLUCIÓN Nº 0406-2021-JNE Expediente Nº JNE.2020033906 MASISEA - CORONEL PORTILLO - UCAYALIVACANCIARECURSO DE APELACIÓN Lima, veinticuatro de marzo de dos mil veintiunoVISTO: en audiencia pública virtual del 22 de marzo de 2021, debatido y votado el 24 de marzo de 2021, el recurso de apelación interpuesto por don Jhener Fasanando Nunta, regidor del Concejo Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali (en adelante, señor regidor), en contra del Acuerdo de Concejo Nº 32-2020MDM.CM, del 26 de octubre de 2020, que rechazó el recurso de reconsideración que interpuso en contra del Acuerdo de Concejo Nº 31-2020.MDM.CM, del 7 de setiembre de 2020, que aprobó la solicitud de vacancia presentada en su contra por don Isaac Wesembi Muñoz (en adelante, señor solicitante), por la causa de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Oído: los informes orales . PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. El 11 de mayo de 2020, el señor solicitante presentó ante el Concejo Distrital de Masisea la vacancia del señor regidor, por la causal prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM, argumentando, entre otros, lo siguiente: 1.1.1. En febrero de 2019, a inicios de la actual gestión municipal, se contrató por la modalidad de Locación de Servicios, a doña Yessenia Rodríguez Vargas (en adelante, ciudadana), como asistente de Archivo, en la Jefatura de Control Patrimonial de la referida municipalidad, quien laboró en dicha dependencia hasta junio de 2019. 1.1.2. La relación de convivencia entre el señor regidor y la ciudadana se encuentra plenamente acreditada, ya que son padres de la menor de iniciales J. A. F. R. 1.1.3. El señor regidor no puede negar que la ciudadana era su conviviente en el tiempo que ha laborado como locadora de servicios, ello debido a que, del tiempo de embarazo y los meses que tiene actualmente su menor hijo, se evidencia que ambos ya estaban conviviendo en febrero de 2019, fecha en que ha sido contratada en dicha municipalidad. 1.1.4. Al señor regidor se le encargó, en varias oportunidades, durante el 2019 y 2020, el despacho de alcaldía, por lo que tenía conocimiento e injerencia directa en las contrataciones del personal que labora en la municipalidad. 1.2. A efectos de acreditar la causal invocada, el señor solicitante adjuntó, entre otros, los siguientes medios probatorios: 1.2.1. Copia fedateada del Comprobante de Pago Nº 568, del 21 de marzo de 2019, en cuyos documentos sustentatorios se encuentra el contrato de Locación de Servicios Nº 195-2019-MDM-GM, del 2 de febrero de 2019, suscrito por la Municipalidad Distrital de Masisea con la ciudadana, para que labore como asistente de Archivo en la Jefatura de Control Patrimonial. 1.2.2. Copia fedateada del Comprobante de Pago Nº 704, del 29 de marzo de 2019, en cuyos documentos sustentatorios se encuentra el contrato de Locación de Servicios Nº 195-2019-MDM-GM, del 2 de febrero de 2019, suscrito por la Municipalidad Distrital de Masisea con la ciudadana, para que labore como asistente de Archivo en la Jefatura de Control Patrimonial. 1.2.3. Copias fedateadas del Comprobante de Pago Nº 920, del 6 de mayo de 2019, en cuyos documentos sustentatorios se encuentra la Adenda Nº 001, del contrato de Locación de Servicios Nº 195-2019-MDM-GM, del 1 de abril de 2019, suscrito por la Municipalidad Distrital de Masisea con la ciudadana, para que labore como asistente de Archivo en la Jefatura de Control Patrimonial. 1.2.4. Copias fedateadas del Comprobante de Pago Nº 1247, del 30 de mayo de 2019, en cuyos documentos sustentatorios se encuentra la Adenda Nº 001, del contrato de Locación de Servicios Nº 195-2019-MDM-GM, del 1 de abril de 2019, suscrito por la Municipalidad Distrital de Masisea con la ciudadana, para que labore como asistente de Archivo en la Jefatura de Control Patrimonial. 1.2.5. Copias fedateadas del Comprobante de Pago Nº 1509, del 26 de junio de 2019, en cuyos documentos sustentatorios se encuentra la Adenda Nº 001, del contrato de Locación de Servicios Nº 195-2019-MDM-GM, del 1 de abril de 2019, suscrito por la Municipalidad Distrital de Masisea con la ciudadana, para que labore como asistente de Archivo en la Jefatura de Control Patrimonial. 1.2.6. Copia fedateada de Acta de nacimiento del menor de iniciales J. A. F. R. 1.2.7. Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía Nº 080-2019-MDM, del 24 de enero de 2019, mediante la cual se encarga el despacho de alcaldía al señor regidor. 1.2.8. Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía Nº 084-2019-MDM, del 31 de enero de 2019, mediante la cual se encarga el despacho de alcaldía al señor regidor. 1.2.9. Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía Nº 230-2019-MDM, del 18 de junio de 2019, con la cual se encarga el despacho de alcaldía al señor regidor. 1.2.10. Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía Nº 427-2019-MDM, del 3 de diciembre de 2019, con la cual se encarga el despacho de alcaldía al señor regidor. 1.2.11. Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía Nº 065-2020-MDM, del 25 de febrero de 2020, con la cual se encarga el despacho de alcaldía al señor regidor. 1.2.12. Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía Nº 074-2020-MDM, del 11 de marzo de 2020, con la cual se encarga el despacho de alcaldía al señor regidor. 1.2.13. Copia fedateada de la Resolución de Alcaldía N° 114-2020-MDM, del 4 de mayo de 2020, con la cual se encarga el despacho de alcaldía al señor regidor. 1.3. El 4 de setiembre de 2020, el señor regidor presentó sus descargos alegando, entre otros, lo siguiente: 1.3.1. Desde el 1 de enero de 2019, ostentaba su cargo como regidor, por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 10 de la LOM, fecha desde el cual desempeña las funciones de fi scalización de la gestión municipal. Es decir, se encuentra impedido no solo de ejercer injerencia directa o indirecta en la contratación de familiares, también fue impedido de realizar funciones administrativas y ejecutivas dentro de la municipalidad. 1.3.2. No existió convivencia entre su persona y la ciudadana durante el periodo que laboró –hasta el mes de junio de 2019–; además, para dicho acto contractual, el señor regidor no participó de forma directa o indirecta, en la contratación de la ciudadana; describe su dirección en el caserío Nueva Providencia, distrito de Masisea, y señala que no se ha presentado ninguna prueba que sustente la presunta convivencia; los documentos de identidad del regidor y Yessenia Rodríguez Vargas registran domicilios distintos. 1.3.3. Han procreado un hijo en común, nacido en febrero de 2020, 8 meses después de haber dejado de tener vínculo laboral con la Municipalidad Distrital de Masisea. 1.3.4. En cumplimiento estricto del numeral 3 artículo 10 y numeral 20 del artículo 20 de la LOM, que