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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (14/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de abril de 2021 El Peruano / jurídico nacional vigente; por lo que, atendiendo a tales consideraciones de hecho y de derecho recomienda al Pleno, su correspondiente aprobación. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, por mayoría. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:Artículo Primero: APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), de la Unidad Ejecutora 402, Dirección Ejecutiva de Redes de Salud Periféricas de Madre de Dios, cuyos Antecedentes y Anexos forman parte de la presente norma regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios”. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, Provincia de Tambopata, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil veintiuno. JORGE HONORATO PITA BARRA Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil veintiuno. LUIS GUILLERMO HILDALGO OKIMURA Gobernador Regional 1942780-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que modifica el artículo 21° del Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado por Ordenanza N° 595/MDC ORDENANZA MUNICIPAL Nº 611/MDC Comas, 26 de marzo de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de marzo de 2021, el Informe Nº 09-2021-SGPVL-GDS/MDC de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche, el Informe Nº 013-2021-GDS-GM/MDC de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 94-2021-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Proveído Nº 063-2021- GM/MDC de la Gerencia Municipal, el Dictamen Nº 001-2019-CSPS/MC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Salud y Programas Sociales y el Dictamen Nº 09-2021-CAJ/MC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Asuntos Jurídicos; concernientes al proyecto de ordenanza que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas aprobado por Ordenanza Municipal Nº 595/MDC, y; CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley N.º 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 39º, que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordantes con el artículo 40º y artículo 9º inciso 8 de la mencionada Ley; Que, el Artículo 84º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, norma sobre los Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, cuyo numeral 2.11 del inciso 2 establece entre otras, que las funciones especí fi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales, es la de ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia; Que, el numeral 2.1. del artículo 2º de la Ley 27470, que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, señala que, en cada municipalidad provincial en el distrito capital de la provincia, en las municipalidades distritales y delegadas ubicadas en su jurisdicción, se conforma un Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche. El Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche será aprobado por dicho Comité y deberá ser reconocido por el Concejo Municipal; Que, con Ordenanza Municipal Nº 595/MDC publicada en el Diario O fi cial ‘El Peruano’ el 18 de setiembre de 2020, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, reglamento que en su artículo 21º establece el periodo de vigencia de dicho Comité: “Ejercer sus funciones máximo por dos años consecutivos, no pudiendo ser reelectos en forma inmediata”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020- SA y sus ampliatorias y modi fi catorias se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional a raíz del brote de COVID-19, y mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y modi fi catorias, se declara el Estado de Emergencia Nacional, situación que implica un aislamiento obligatorio (cuarentena) garantizándose el abastecimiento de productos y servicios de carácter esencial, siendo la última prórroga por el plazo de treinta y un días (31) a partir del lunes 01 de marzo de 2021, establecido por el Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM; Que, mediante Informe Nº 09-2021-SGPVL-GDS/ MDC la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche sustenta a la Gerencia de Desarrollo Social la necesidad de modi fi car el artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas aprobado por Ordenanza Nº 595/MDC, por la suspensión de las reuniones comunales entre la dirigencia central de la Organización del Vaso de Leche con sus bases para elegir a sus tres (03) representantes que integren el nuevo Comité de