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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (30/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 30 de abril de 2021 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación de la ampliación de las metas del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Trabajo y Promoción del Empleo Apruébase la ampliación al 2025 de las metas del “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2023 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”, manteniéndose subsistentes los demás extremos y alcances de dicho documento de gestión estratégica, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Aprobación de la ampliación de las metas del Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Apruébase la ampliación al 2025 de las metas del “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2023 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, manteniéndose subsistentes los demás extremos y alcances de dicho documento de gestión estratégica, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3. Elaboración o adecuación de Planes Estratégicos Institucionales Dispóngase que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus organismos públicos adscritos elaboren o adecuen sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales, en el marco de lo establecido en el “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2025 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”. Artículo 4. Elaboración o adecuación de Planes Operativos Institucionales Dispóngase que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus organismos públicos adscritos elaboren o adecuen sus respectivos Planes Operativos Institucionales, en el marco de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales. Artículo 5. Seguimiento y evaluación Dispóngase que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, efectúe el seguimiento y evaluación del “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2025 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo” y del “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2025 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, referidos en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, respectivamente. Artículo 6. Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y de sus Anexos en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (https://www.gob.pe/mtpe), siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1948732-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Incorporan las Notas P11B, P51B, P68A, P68B, P68C, P92A, P92B, P108A, P108B y P111 en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, aprobado por R.M. N° 187-2005-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2021-MTC/01 Lima, 29 de abril de 2021VISTOS: El Informe N° 0409-2021-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones y los Informes N° 007-2016-COMISION_MULTISECTORIAL_PNAF, N° 001-2018-COMISION_MULTISECTORIAL_PNAF, N° 002-2020-COMISION_MULTISECTORIAL_DEL_PNAF, N° 001-2021-COMISION_MULTISECTORIAL_DEL_PNAF, N° 002-2021-COMISION_MULTISECTORIAL_DEL_PNAF y N° 003-2021-COMISION_MULTISECTORIAL_DEL_PNAF de la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la plani fi cación y gestión del espectro radioeléctrico y las adecuaciones del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF; y, CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece en sus artículos 57 y 58 que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya administración, asignación y control corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en las condiciones señaladas por la Ley y su Reglamento; Que, el artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, establece que le corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; Que, mediante Resolución Ministerial N° 187-2005- MTC/03, se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, en adelante PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias, la clasi fi cación de usos del espectro radioeléctrico y las normas técnicas generales para la utilización del espectro radioeléctrico; Que, a través de la Sección IV del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 187-2005-MTC/03, se detalla el Cuadro de atribución de bandas de frecuencias; Que, por Decreto Supremo N° 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente, en adelante Comisión del PNAF, encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la plani fi cación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del PNAF, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 777- 2005-MTC-03 se establecen condiciones técnicas de servicios de telecomunicaciones y modi fi can el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, en adelante DGPRC, a través del Informe N° 259-2016-MTC/26 sustentó la propuesta de modi fi cación, entre otros, de la atribución de las bandas de frecuencias 71-76 y 81-86 GHz (Banda E), el cual fue remitido a la Comisión del PNAF para opinión; Que, mediante el Informe N° 007-2016-COMISION_ MULTISECTORIAL_PNAF, la Comisión PNAF propone, entre otros, modi fi car la atribución de la Banda E, a través de la modi fi cación de la Nota P110 y de la incorporación de la Nota P111 en el PNAF. Asimismo, propone, en función a dichas modi fi caciones, la adecuación del Cuadro de Atribución de Frecuencias de las bandas de frecuencias 71 - 400 GHz, todo ello con la fi nalidad, entre otras, de atribuir nuevas bandas de frecuencias para el uso de radioenlaces digitales de alta capacidad para el servicio fi jo punto a punto y facilitar el despliegue de redes de telecomunicaciones necesarias para la provisión de Banda Ancha en el país; Que, en esa línea mediante Resolución Viceministerial N° 789-2017-MTC/03 se publicó para comentarios, entre otros, la propuesta de atribución de la Banda E, la cual se sustentó con el Informe N° 071-2017-MTC/26 elaborado por la DGPRC; Que, fi nalmente, mediante el Informe N° 001-2018-COMISION_MULTISECTORIAL_PNAF, la Comisión del PNAF evaluó los comentarios recibidos en la etapa de prepublicación respecto, entre otros, del proyecto normativo que modi fi ca la atribución de la Banda