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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (07/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Sábado 7 de agosto de 2021 El Peruano / las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales conformadas en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2020, para permitir la interposición de las tachas que se consideren; A través del o fi cio de vistos, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones informó que, vencido el plazo para la presentación de tachas a que se re fi ere el artículo 49 de la Ley N.º 26859, Ley Orgánica de Elecciones, no se presentaron tachas contra los postulantes seleccionados mediante la Resolución Jefatural N.º 000091-2020-JN/ONPE, ante la mesa de partes del Jurado Nacional de Elecciones, las O fi cinas Desconcentradas del JNE y el Jurado Electoral Especial de Huamanga; De otro lado, mediante Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, de fecha 26 de febrero de 2021, se acordó por mayoría, solicitar al señor Presidente de la República que, mediante decreto supremo señale fecha para la realización de la elección en el proceso de Elecciones Municipales Complementarias en el distrito de Chipao, convocado a través del Decreto Supremo N.º 171-2019-PCM, y que no pudo llevarse a cabo por la declaratoria del Estado de Emergencia dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM; Con Decreto Supremo N.º 082-2021-PCM, se modi fi có el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 171-2019-PCM citado, convocando, para el domingo 10 de octubre de 2021, a Elecciones Municipales Complementarias de alcalde y regidores en el distrito de Chipao, antes referidas; En ese contexto, la Comisión Permanente de Concurso Público para Selección de Jefes de las ODPE, Coordinadores Administrativos y los Coordinadores de Local de Votación de ODPE, mediante el Memorando de vistos, recomendó la emisión del acto resolutivo correspondiente a la designación de los Coordinadores de Local de Votación de ODPE en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias citadas, atendiendo a que el Jurado Nacional de Elecciones comunicó que no se presentaron tachas contra las postulantes seleccionados antes referidos y que mediante Decreto Supremo N.º 082-2021-PCM se estableció la fecha para la convocatoria del citado proceso electoral; En atención a las consideraciones previamente señaladas, corresponde emitir el acto resolutivo que designe a los Coordinadores de Local de Votación titulares y accesitarios, en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias de Alcalde y Regidores en el distrito de Chipao; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del Artículo 5, y en el Artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; así como, en el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado del Presidente de la Comisión Permanente de Concurso Público para Selección de Jefes de las ODPE, Coordinadores Administrativos y los Coordinadores de Local de Votación de ODPE; de la Gerencia General y, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a las ciudadanas y ciudadanos que constan en el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 000091-2020-JN/ONPE en el cargo de Coordinadores de Local de Votación de las ODPE titulares y accesitarios, en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias de Alcalde y Regidores en el distrito de Chipao. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil el contenido de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1979512-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban modificación por reordenamiento del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Unidad Ejecutora 400 Salud Moquegua (Gerencia Regional de Salud Moquegua y Dirección de Red de Salud Moquegua) (Se publica la resolución de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Moquegua, mediante O fi cio N° 0264-2021-GRM/ORA, recibido el 6 de agosto de 2021) RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE SALUD Nº 537-2020-GERESA.MOQ-GRS Moquegua, 26 de noviembre del 2020VISTOS: El Informe Nº 084-2020-GRM-GERESA/ SGPPCS, Informe Nº 581-2020-GRM-GERESA/GR-SGGDRHS; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Gerencia Regional de Salud Moquegua, aprobado por Ordenanza Regional Nº 07-2017-CR/GRM, en su artículo 1º respecto a la Naturaleza Jurídica señala lo siguiente: La Gerencia Regional de Salud Moquegua, es el órgano que por delegación de la Alta Dirección del Ministerio de Salud ejerce la autoridad de salud. Es un órgano de línea del Gobierno Regional de Moquegua: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 421-2020-MINSA, se aprueba el documento “LINEAMIENTOS PARA LA ADECUACION DE CARGOS DE PERSONAL TECNICO Y AUXILIAR EN EL MARCO DEL ARTICULO 9º DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 016-2020”: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 280-2020-MINSA, se aprueba el cronograma de actividades para llevar a cabo la continuación del proceso de nombramiento de hasta el 40% durante el año 2020, de los profesionales de la salud y de los técnicos auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las Unidades Ejecutoras de la Salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud -CLAS, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019, en el marco de la Ley Nº 30957, conforme a lo dispuesto en el artículo 14º del Decreto de Urgencia Nº 016-2020. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 787-2020/ MINSA, que modi fi ca el cronograma de actividades para llevar a cabo la continuación del proceso de nombramiento de hasta el 40% durante el año 2020, de los profesionales de la salud y de los técnicos auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud-CLAS, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el 2019, en el marco de la Ley Nº 30957, aprobado por el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 280-2020/MINSA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 595-2008/ MINSA, que aprueba el Manual de Clasi fi cación de Cargos del Ministerio de Salud y sus modi fi caciones emitidas mediante Resolución Ministerial Nº 516-2012/MINSA, Resolución Nº 938-2012/MINSA y Resolución Ministerial Nº 231-2014/MINSA, Resolución Ministerial Nº 038-2016/MINSA y la Resolución Ministerial Nº 341-2016/MINSA. Que, mediante Resolución Gerencial Regional de Salud Nº 350-2020-GERESA.MOQ-GRS de fecha 29 de julio del 2020, se aprueba la adecuación de cargos atendiendo a lo señalado en los dispositivos legales antes mencionados la misma que fue modi fi cada luego de la revisión efectuadas por el MINSA, con Resolución Gerencial Regional de Salud Nº 510-2020-GERESA.MOQ-GRS de fecha 10 de noviembre del 2020;