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21 NORMAS LEGALES Sábado 7 de agosto de 2021 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 581-2020-GRM-GERESA/ GR-SGGDRHS de fecha 23 de noviembre del 2020, el Sub Gerente de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud solicita al Sub Gerente de Planeamiento, Prevención y Control en Salud el reordenamiento del cuadro de asignación de personal- CAP U.E. 400 Salud Moquegua; Que, mediante Informe Nº 084-2020-GRM-GERESA/ SGPPCS de fecha 24 de noviembre del 2020, el Sub Gerente de Planeamiento, Prevención y Control en Salud emite opinión técnica favorable de modi fi cación por reordenamiento -CAP Provisional U.E. 400 Salud Moquegua- GERESA MOQUEGUA; Que, estando solicitado las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 28561-Ley que Regula el Trabajo de los Técnicos y Auxiliares Asistenciales de la Salud, Decreto Legislativo Nº 1153-Que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de Salud al Servicio del Estado, Decreto de Urgencia Nº 014-2020-Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público año 2020, Decreto de Urgencia Nº 016-2020, que establece Medidas en Materia de los Recursos Humanos del Sector Público, Resolución Ministerial Nº 421-2020/MINSA que aprueba los lineamientos para la adecuación de cargo del personal Técnico y Auxiliar, lo dispuesto en el Literal d) del Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Gerencia Regional de Salud Moquegua aprobado con Ordenanza Regional Nº 07-2017-CR/GRM y Resolución Ejecutiva Regional Nº 317-2020-GR/MOQ de 07 de agosto del 2020; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR, la modi fi cación por REORDENAMIENTO DEL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA UNIDAD EJECUTORA 400 SALUD MOQUEGUA (Gerencia Regional de Salud Moquegua y Dirección de Red de Salud Moquegua). Artículo 2º.- DISPONER, que el presente acto resolutivo sea remitido a la Sub Gerencia de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud-SGGDRHS de la Gerencia Regional de Salud Moquegua, Unidad Ejecutora 400 para su conocimiento y demás fi nes. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente disposición al órgano interesado y estamentos administrativos competentes para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE LUIS MONROY PIEROLA Gerente RegionalGerencia Regional de Salud Moquegua 1979730-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban el “Plan La Molina Segura 2021” DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2021/MDLM La Molina, 26 de julio del 2021. EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINAVisto; el Memorando N° 858-2021-MDLM-GM, de fecha 23 de julio del 2021, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 091-2021-MDLM-GAJ, de fecha 22 de julio del 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 133-2021-MDLM-GPPDI, de fecha 30 de junio del 2021, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe N° 045-2021-MDLM-GSC, de fecha 22 de junio del 2021, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y el Informe N° 220-2021-MDLM-GSC-SS, de fecha 21 de junio del 2021 de la Subgerencia de Serenazgo, mediante los cuales se eleva el proyecto de “Plan La Molina Segura 2021” para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía, y;CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 220-2021-MDLM-GSC- SS, de fecha 21 de junio del 2021, la Subgerencia de Serenazgo presenta el proyecto denominado “Plan La Molina Segura 2021”, para lo cual adjunta el Informe N° 01-2021-MDLM-GSC-SS/EMPT, que lo sustenta, el cual hace suyo, señalando que el referido plan contiene acciones estratégicas, que son complementarias al Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana La Molina 2021 (PADSC), por cuanto su formalización como instrumento de planeamiento es necesario, toda vez que la Ordenanza N° 414/MDLM, que la aprueba, encarga a la Gerencia de Seguridad Ciudadana la identi fi cación de medidas y acciones especí fi cas para el distrito de La Molina en materia de Seguridad Ciudadana, que no puedan contemplarse en dicho Plan, pero alineadas a los instrumentos de gestión municipal distrital, para su aprobación por Decreto de Alcaldía y su ejecución y/o implementación, dando cuenta al Concejo Municipal en períodos bimensuales de las acciones adoptadas; Que, mediante el Informe N° 045-2021-MDLM-GSC, de fecha 22 de junio del 2021, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, señala que hace suyos los informes referidos en el considerando anterior y con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo segundo de la Ordenanza N° 414/MDLM, cumple con elevar a la Gerencia Municipal el “Plan La Molina Segura 2021” para su aprobación respectiva mediante Decreto de Alcaldía, señalando que, el mismo se encuentra alineado a las funciones y objetivos de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, contenidos en el ROF y documentos de plani fi cación de la entidad; Que, mediante el Informe Nº 133-2021-MDLM- GPPDI, de fecha 30 de junio del 2021, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional concluye en el sentido que: • El propuesto “Plan La Molina Segura 2021”, permitirá una mayor y mejor cobertura en el distrito en cuanto a la prevención y persuasión de delitos y faltas, fortaleciendo la convivencia social, siendo complementario al Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana. • Las unidades de organización: Gerencia de Seguridad Ciudadana y Subgerencia de Serenazgo son competentes para la gestión y ejecución del propuesto Plan, siendo el mismo funcionalmente viable. • Ha veri fi cado que el Plan propuesto se encuentra alineado a los instrumentos de gestión municipal, mediante las actividades previstas en el Plan Operativo Institucional 2021 para las unidades de organización en referencia. • Adicionalmente precisa, que las actividades contenidas en el “Plan La Molina Segura 2021”, cuentan con viabilidad presupuestal no generando gastos adicionales a la entidad, por lo que el mismo es presupuestalmente viable. • Contando con la opinión favorable de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y la Subgerencia de Serenazgo, emite opinión favorable al proyecto “Plan La Molina Segura 2021”; Que, adicionalmente en el informe antes mencionado se recomienda que se apruebe el proyecto de instrumento de gestión “Plan La Molina Segura 2021”, propuesto por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Informe Nº 091-2021-MDLM-GAJ, de fecha 22 de julio del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su pronunciamiento señalando que, es de la opinión: • Que, mediante la Ley N° 27933, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, siendo el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana una herramienta de gestión de este, que tiene como objeto orientar el quehacer en materia de seguridad ciudadana en el ámbito distrital, buscando fortalecer la seguridad de la población. • Que, mediante la Ordenanza N° 414/MDLM, se aprobó el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 de La Molina, el cual forma parte de los instrumentos de gestión municipal, siendo que a través del artículo segundo de la referida norma municipal, se encargó a