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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (24/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 24 de agosto de 2021 El Peruano / y Productividad 2019-2030, el cual establece, entre otras, la “Medida de Política 2.2: Marco Nacional de Cuali fi caciones (MNC)”, el mismo que tiene como principal propósito contribuir a incrementar el nivel y relevancia de las cuali fi caciones de la población, para lo cual, ordena y establece equivalencias entre las cuali fi caciones, considerando una estructura de niveles que se de fi nen para este fi n; Que, con Decreto Supremo Nº 012-2020-MINEDU, se aprueba la Política Nacional de Educación Superior y Técnico - Productiva (PNESTP), la cual establece a través del Lineamiento 5.2 del Objetivo Prioritario 5, facilitar la transitabilidad en la población entre alternativas formativas de la Educación Superior Técnico-Productiva; y dispone como servicio de la PNESTP, al Marco Nacional de Cuali fi caciones de la Educación Superior Técnico- Productiva (ESTP), como un instrumento organizador que permite contar con un sistema articulado y coherente a través del reconocimiento y desarrollo de los distintos niveles de aprendizaje de la ESTP; permitiendo el desarrollo de procesos adecuados para la certi fi cación, convalidación, reconocimiento y revalidación de competencias educativas y demás mecanismos para garantizar la continuidad de las trayectorias educativas en la ESTP; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-2021-MINEDU, se crea el Marco Nacional de Cuali fi caciones del Perú – MNCP, el mismo que se constituye como un instrumento estructurado, jerarquizado, consensuado y único para el desarrollo, la articulación, la clasi fi cación y el reconocimiento de las cuali fi caciones expresadas en términos de conocimientos, destrezas y competencias para desempeñarse en el mercado laboral, y abarcar todos los sectores productivos y niveles educativos, así como los aprendizajes obtenidos en instituciones educativas o a lo largo de la vida con miras a la inserción laboral; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2021-MINEDU, establece que el Ministerio de Educación aprueba mediante resolución ministerial la estructura y el contenido del MNCP, considerando ocho (8) niveles de cuali fi cación, vías de cuali fi cación, dimensiones y subdimensiones, descriptores; así como, los criterios de agrupamiento y priorización de los sectores productivos para su poblamiento y otros aspectos que resulten necesarios, incluyendo el Catálogo Nacional de Cuali fi caciones que ordena en niveles y familias las cuali fi caciones del referido MNCP; Que, mediante el Informe N° 00025-2021-MINEDU/ VMGP-DIGESUTPA dirigido al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la Dirección General de Educación Técnico - Productiva y Superior Tecnológica y Artística, propone y sustenta el proyecto de resolución ministerial que aprueba, como anexo, el documento denominado “Estructura, contenido y criterios para la agrupación y priorización del Marco Nacional de Cuali fi caciones del Perú – MNCP” (en adelante, el proyecto de resolución), elaborado en el marco de lo establecido por la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2021-MINEDU; Que, de acuerdo con el precitado informe, el proyecto de resolución cuenta con la opinión técnica de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria y de la Dirección General Desarrollo Docente; Que, mediante Informe N° 01005-2021-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, considera técnicamente viable continuar con el trámite de aprobación del proyecto de resolución, por cuanto, se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y su aprobación no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación ni al Tesoro Público; Que, a través del Informe Nº 00987-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del proyecto de resolución resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; los Decretos Supremos N° 345-2018-EF, N° 237-2019-EF, Nº 012-2020-MINEDU y N° 012-2021-MINEDU, y; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el documento denominado “Estructura, contenido y criterios para la agrupación y priorización del Marco Nacional de Cuali fi caciones del Perú – MNCP”, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAÚL CADILLO LEÓN Ministro de Educación 1984731-1 Designan Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 323-2021-MINEDU Lima, 23 de agosto de 2021VISTOS, el Expediente N° DM2021-INT-0122914, el Informe N° 00141-2021-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) General de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con efectividad al 24 de agosto de 2021, al señor LUIS ADRIAN BRETEL BIBUS en el cargo de Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAÚL CADILLO LEÓN Ministro de Educación 1984834-1