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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (24/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Martes 24 de agosto de 2021 El Peruano / INTERIOR Autorizan viaje de Alférez de la Policía Nacional del Perú a España, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0668-2021-IN Lima, 19 de agosto de 2021VISTOS, el O fi cio Nº 402-2021-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 001265-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Reg. Salida 4244//2021 de fecha 27 de mayo de 2021 precisado con O fi cio Reg. Salida 5275 B/2021 de fecha 25 de junio de 2021, el Agregado de Interior del Reino de España en Perú comunica que, al amparo del presupuesto de Cooperación Policial Internacional de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior en España, han ofrecido una beca de estudios, a fi n que un miembro de la Policía Nacional del Perú, participe en el “5º Curso de Ascenso a la Escala Superior de O fi ciales de la Guardia Civil de España”, a llevarse a cabo del 5 de septiembre de 2021 al 17 de julio de 2022, en la Academia de O fi ciales de la Dirección General de la Guardia Civil, ubicada en el Municipio de Aranjuez de la Comunidad de Madrid del Reino de España; Que, con O fi cio Reg. Salida 5275 B/2021, el Agregado de Interior del Reino de España en Perú comunica que, el Alférez Daniel Alonso Gonzáles Peñaloza, ha sido designado por la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú para participar en dicho evento académico internacional; Que, a través del O fi cio Nº 408-2021-REGPOL LIMA/ DIVREINT-Sec de fecha 17 de junio de 2021, la División Regional de Inteligencia de la Región Policial Lima remite a la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 27-2021-REGPOL LIMA/DIVREINT-Sec, mediante el cual, se sustenta la importancia y viabilidad de la participación del referido personal policial, en el “5º Curso de Ascenso a la Escala Superior de O fi ciales de la Guardia Civil de España”; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 71-2021-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 26 de julio de 2021, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alférez de la Policía Nacional del Perú Daniel Alonso Gonzáles Peñaloza, del 3 de septiembre de 2021 al 17 de julio de 2022, al Municipio de Aranjuez de la Comunidad de Madrid del Reino de España, para que participe en el curso antes citado, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú que el personal desarrolle y fortalezca sus capacidades profesionales, con el objeto que adquieran nuevos conocimientos, técnicas, herramientas y experiencias en los temas que desarrollará en el referido curso, recibiendo asistencia técnica y profesional en los diferentes campos de la actividad funcional, lo que contribuirá a mejorar la labor policial en nuestro país; Que, en ese sentido, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta), alojamiento, manutención, seguro médico y material docente son asumidos por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Interior en el Reino de España, de acuerdo a lo señalado en el Ofi cio Reg. Salida 4244/2021, y el cálculo del monto de la compensación extraordinaria parcial (20%) que le corresponde al O fi cial Subalterno que participará en la referida misión de estudios, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo del año 2022, se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de Estudios (...)” ; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG (...)” ; Que, Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (...)” ; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del referido personal policial, del 3 de septiembre de 2021 al 17 de julio de 2022, al Municipio de Aranjuez de la Comunidad de Madrid del Reino de España, para que participe en el “5º Curso de Ascenso a la Escala Superior de O fi ciales de la Guardia Civil de España”; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de