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19 NORMAS LEGALES Martes 24 de agosto de 2021 El Peruano / públicas designarán al funcionario responsable de entregar la información solicitada, así como al funcionario responsable de la elaboración de los Portales de Internet; Que, el artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, establece que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, así como a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, asimismo, el artículo 4 del referido Reglamento establece que la designación del funcionario responsable de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad y será publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el Manual de Operaciones del Programa Nacional “A Comer Pescado”, aprobado con Resolución Ministerial N° 292-2020-PRODUCE, establece en su artículo 11 que la Coordinación Ejecutiva es la máxima instancia del Programa Nacional “A Comer Pescado” y, de conformidad con el artículo 12, tiene entre una de sus funciones “Emitir resoluciones de Coordinación Ejecutiva en el marco de su competencia y de la normatividad vigente”; Que, mediante Resolución de Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional “A Comer Pescado” N° 0008-2020-PRODUCE/DVP-PN/ACP de fecha 04 de noviembre de 2020, se designó a la señora Claudia del Pilar Díaz Mancilla, Jefa de la Unidad de Sensibilización del Programa Nacional “A Comer Pescado”, como funcionaria responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Programa Nacional “A Comer Pescado”, y al señor Juan Erick Villalba Ramírez, Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional “A Comer Pescado”, como responsable de brindar la información de acceso público del Programa Nacional “A Comer Pescado”; Que, mediante Memorando N° 1735-2021-PNACP/CE de fecha 12 de julio de 2021, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional “A Comer Pescado” propone la designación de los nuevos responsables que se encargarán de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Programa Nacional “A Comer Pescado” y de entregar la información de acceso público del Programa Nacional “A Comer Pescado”, por lo que corresponde emitir el presente acto; Con el visto de la Jefa de la Unidad de Asesoría Legal, del Jefe de la Unidad de Administración y Finanzas, y del Sub Jefe de la Sub Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional “A Comer Pescado”; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2012-PRODUCE, que creó el Programa Nacional “A Comer Pescado”, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 016-2017- PRODUCE; su Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 292-2020- PRODUCE; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS; y el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 070-2013-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Claudia del Pilar Díaz Mancilla, Jefa de la Unidad de Sensibilización del Programa Nacional “A Comer Pescado”, como funcionaria responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Programa Nacional “A Comer Pescado”, efectuada mediante Resolución N° 0008-2020-PRODUCE/DVP-PN/ACP de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional “A Comer Pescado” Artículo 2.- Dar por concluida la designación del señor Juan Erick Villalba Ramírez, Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional “A Comer Pescado, como responsable de brindar información de acceso público del Programa Nacional “A Comer Pescado”, efectuada mediante Resolución N° 0008-2020-PRODUCE/DVP-PN/ACP de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional “A Comer Pescado”.Artículo 3.- Designar a partir de la fecha de publicación, al señor Juan Erick Villalba Ramírez, Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional “A Comer Pescado”, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Programa Nacional “A Comer Pescado”. Artículo 4.- Designar a partir de la fecha de publicación, a la señora Miluska Erika Torreblanca García, Jefa de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional “A Comer Pescado”, como funcionaria responsable de brindar información de acceso público del Programa Nacional “A Comer Pescado”. Artículo 5.- Todas las Unidades y Sub Unidades del Programa Nacional “A Comer Pescado”, bajo responsabilidad, deberán proporcionar la información y/o documentación que les sea solicitada como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente. Artículo 6.- Disponer que la presente resolución se publique en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional “A Comer Pescado”. Artículo 7.- Notifi car la presente resolución a todas las Unidades y Sub Unidades del Programa Nacional “A Comer Pescado” y a los responsables designados. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIX FABIAN PUENTE DE LA VEGA CHUMBE Coordinador EjecutivoPrograma Nacional “A Comer Pescado” 1984850-1 SALUD Disponen la publicación del proyecto de Reglamento para el Registro Sanitario Condicional de Medicamentos y Productos Biológicos, el Decreto Supremo que lo aprueba y su exposición de motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1019-2021/MINSA Lima, 23 de agosto del 2021Visto, el Expediente Nº 21-012763-001, que contiene la Nota Informativa Nº 356-2021-DIGEMID-DG/MINSA de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; y, el Informe Nº 914-2021-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 6) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos, y el artículo 4 del citado Decreto Legislativo dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto