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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / tramitados ante el OSIPTEL”, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el desarrollo de la “Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente Resolución y las “Fórmulas y Parámetros de la Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas, Atenuantes y Agravantes, en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL” sean publicadas en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, para que la presente Resolución, las “Fórmulas y Parámetros de la Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas, Atenuantes y Agravantes, en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”, así como el desarrollo de la “Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”, su Exposición de Motivos, el Informe N° 00182-DPRC/2021 y la Matriz de Comentarios sean publicados en el Portal Institucional de OSIPTEL (página web institucional http://www.osiptel.gob.pe). Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General el envío del archivo electrónico de la Exposición de Motivos a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Las “Fórmulas y Parámetros de la Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas, Atenuantes y Agravantes, en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”, así como el desarrollo de la “Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”, aprobadas en la presente Resolución, entran en vigencia el 1 de enero del año 2022. Segunda.- Las “Fórmulas y Parámetros de la Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas, Atenuantes y Agravantes, en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”, así como el desarrollo de la “Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”, serán aplicables a las posibles infracciones que se con fi guren a partir de su entrada en vigencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo FÓRMULAS Y PARÁMETROS DE LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO PARA LA DETERMINACIÓN DE MULTAS, ATENUANTES Y AGRAVANTES, EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES TRAMITADOS ANTE EL OSIPTEL La Metodología de Cálculo de Multas constituye un avance importante ya que incorpora las conductas infractoras más frecuentes que han sido atendidas por la Gerencia General del OSIPTEL en los últimos años y, en concordancia con lo establecido en el Régimen de Califi cación de Infracciones 1 (Artículo 2), se debe señalar que en el futuro se irán incorporando progresivamente y de manera acumulativa nuevas conductas infractoras. La Metodología de Cálculo de Multas contempla: (i) Fórmulas y parámetros especí fi cos (22 conductas analizadas individualmente y 3 grupos que compilan 15 conductas infractoras evaluadas de manera conjunta 2); (ii) Multas con montos fi jos (4 conductas); y, (iii) Fórmula General. En ese sentido, la Metodología de Cálculo de Multas contribuye a alcanzar una mayor predictibilidad y efi ciencia en la aplicación y graduación de multas, bajo los principios de transparencia, disuasión y simplicidad. El marco teórico, sustento de los enfoques metodológicos y parámetros, desarrollo detallado de las fórmulas y parámetros de la presente metodología, así como los detalles técnicos adicionales y ejemplos de cálculo de las multas, están contenidos en el desarrollo de la “Metodología de cálculo para la determinación de multas en los procedimientos administrativos sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”. 1. Enfoque metodológicoDependiendo de la naturaleza de la infracción y de la información disponible, puede optarse por la aplicación de una multa óptima con base en el daño causado, o una multa disuasiva con base en el bene fi cio ilícito. Es importante señalar que, siguiendo los lineamientos establecidos en el numeral 3 del artículo 248 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 3 (en adelante TUO de la LPAG), se consideran los siete (7) criterios para la cuanti fi cación de una multa. Cuatro (4) de los criterios son directamente relacionados con el hecho punible y pueden ser calculados como base imponible de la multa, mientras que los tres (3) criterios restantes se encuentran asociados a: i) la reincidencia, ii) circunstancias por la comisión de la infracción; e, iii) intencionalidad. Cabe señalar que, los componentes del bene fi cio ilícito son: i) Costos Evitados: Representan los gastos que el operador infractor hubiera incurrido para cumplir con la obligación establecida; e, ii) Ingresos Ilícitos: Representan los ingresos obtenidos indebidamente por el infractor a través de su conducta. Así pues, el criterio para graduar las sanciones administrativas del OSIPTEL puede sintetizarse en los siguientes puntos: i) Cuanti fi car el cálculo de una multa para una conducta infractora bajo un enfoque disuasivo (bene fi cio ilícito) o de daño causado. ii) El empleo de un factor de actualización (diferenciado por enfoque) a fi n de internalizar el valor del dinero en el tiempo como consecuencia del periodo de tiempo procedimental entre la detección de la infracción y la graduación de la multa. iii) Asignar la probabilidad de detección para una conducta infractora eligiendo el valor más acorde de los posibles 5 valores pre fi jados de probabilidad de detección que estableció el OSIPTEL en función a criterios de diferenciación, distribución o situaciones que caracterizan la casuística de detección de la infracción. iv) La incorporación de factores atenuantes o agravantes, según sea el caso. Cabe indicar que, según lo establecido en el Régimen de Cali fi cación de Infracciones, las cuanti fi caciones de las multas por conductas infractoras se dividen en tres grandes grupos: i) Multas basadas en fórmulas y parámetros especí fi cos. ii) Multas de cuantía fi ja. iii) Multas basadas en la fórmula general que establece el marco metodológico seguido por el OSIPTEL bajo el enfoque disuasivo o de daño causado para cuanti fi car una multa. 2. Estimación de multas por conducta infractoraA continuación, se presenta las formas de cálculo (para el enfoque de Fórmulas y Parámetros Específicos) y graduación de cuantía fija (para el enfoque de multas con montos fijos) definidas para aplicación de las multas correspondientes a las conductas infractoras respecto al marco normativo vigente, a fin de que las mismas puedan ser consideradas en los procedimientos administrativos sancionadores tramitados ante el OSIPTEL.