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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / 2.1 Fórmulas y parámetros especí fi cos para el cálculo de las multas: Cuadro N° 1: Lista de conductas infractoras individuales basadas en Fórmulas y Parámetros Especí fi cos A. Conductas Individuales FÓRMULAS POR CONDUCTAS INFRACTORAS INDIVIDUALES N° Conducta infractora Normas involucradas Fórmula4Leyenda de variables 1Negativa a fi rmar las actas de acciones de supervisión.Artículo 27 - Reglamento General de SupervisiónBI = 0,52 X AA = Número de actas de acciones de supervisión que la empresa se negó a fi rmar. 2No brindar información básica de forma clara, veraz, detallada y precisa previa a la contratación del servicio.Artículo 6 – TUO de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de TelecomunicacionesBI = 0,52 X CC = Número de acciones de supervisión en infracción. 3No remisión de dirección de puntos de venta de distribuidores autorizados al OSIPTEL.Artículo 11-D – TUO de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones En caso de NO encontrarse líneas activas en estos centros no autorizados BI = 1,02 X P En caso de SÍ encontrarse líneas activas en estos centros no autorizados BI = 1,02 X P + 0,0031 X LP = Número de puntos de venta asociados a la comisión de la infracción. L = Número de líneas activadas en puntos de venta no reportados al OSIPTEL. 4No conservar contratos de prestación de servicios / celebrar contratos de abonados sin utilizar mecanismos establecidos.Artículo 9 – TUO de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de TelecomunicacionesNo conservación de contratos : BI = (3,0 + 0,52) X N No utiliza mecanismos de contratación : BI = (3,0 + 0,52) X N + 0,007 X LN = Número de meses en infracción. L = Número de líneas que no utilizaron los mecanismos de contratación según la normativa. 5No cumplir con responder al ABDCP de la Portabilidad Numérica las consultas previas o las consultas efectuadas respecto a la solicitud de portabilidad dentro del plazo establecido por la normativa.Artículo 20 – Reglamento de PortabilidadRespecto del Numeral 25 del Artículo 20 BI = 3,0 X N + 0,007 X C Respecto del Numeral 33 del Artículo 22 BI = 3,0 X NN = Meses en los cuales las consultas previas o las solicitudes de portabilidad fueron respondidas después de transcurrido el plazo establecido. C = Número de líneas afectadas por consultas previas de portabilidad (artículo 20) que no fueron respondidas dentro del plazo establecido.Artículo 22 – Reglamento de Portabilidad 6No haber cumplido con el procedimiento para el registro de los datos personales del abonado.Artículo 11 - TUO de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de TelecomunicacionesBI = (3,0 + 0,52) X N + 0,007 X LN = Meses de infracción por servicio “i”. L = Número de líneas activadas sin correcto procedimiento para registro de datos - servicio i. 7Aplicar tarifas superiores a las informadasa usuarios.Artículo 11 – Reglamento General de Tarifas  ൌ ሺሺ͵ǡͲ൅Ͳǡͷʹ ሻൈሻൈሺͳ൅Ͳǡͷʹ͵Ψሻ்்൅ ଷ  ଷൌσ ୧୲ ୧ୀଵൈሺͳ൅Ͳǡͷʹ͵Ψሻ்்  M = Meses en que falló el sistema para cobrar tarifas superiores. t = Número de casos en los que se cobró una tarifa superior. IEi = Ingresos en exceso por cobro de tarifas superiores a la informada a los abonados. TT = Número de meses transcurridos desde la comisión de la infracción hasta la graduación de la multa. 8Modi fi cación unilateral del contrato de abonado.Artículo 9 - TUO de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones ൌ Ͳǡͷʹൈൈሺͳ൅Ͳǡͷʹ͵Ψሻ்்൅ ସ ସൌσ௜୫ ୧ୀଵൈሺͳ൅Ͳǡͷʹ͵Ψሻ்்  N = Número de meses en infracción. TT = Número de meses transcurridos desde la comisión de la infracción hasta la graduación de la multa. ME i = Monto cobrado en exceso al abonado "i". m = Número de abonados afectados con la modi fi cación de las condiciones contractuales.