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33 NORMAS LEGALES Sábado 11 de diciembre de 2021 El Peruano / - Ámbito de acción: Región Huancavelica. - Objetivo: Apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías a las unidades productivas de la cadena productiva acuícola pesquera, prioritariamente dentro de su ámbito de acción en la región Huancavelica, con el fin de aumentar su competitividad, capacidad de innovación, y desarrollo de productos, generando mayor valor de la cadena productiva acuícola – pesquera, bajo un enfoque integral de intervención, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo. - Especialización: Acuícola pesquera, priorizando la cadena productiva de la trucha, entre otros productos hidrobiológicos. - Funciones: i) promover la incorporación de tecnologías sostenibles en el sector acuícola para incrementar la calidad de los procesos y dar valor agregado; ii) fomentar el acceso a infraestructura productiva y de investigación y desarrollo productivo; iii) promover la ejecución de servicios de información tecnológica y de información de mercados; iv) promover acciones de articulación productiva, comercialización y fomentar proyectos que busquen la asociatividad y cooperativismo de los productores; v) brindar asesoramiento en el diseño, instalación y manejo de plantas de producción y procesamiento; y, vi) diseñar, gestionar, promover y ejecutar proyectos de investigación e innovación en colaboración con empresas u otras entidades de naturaleza jurídica pública y privada. - Ubicación: Se determinará en la fase de formulación y evaluación de la inversión correspondiente, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Que, con Memorando N° 0050-2021-ITP/SCD de fecha 02 de diciembre de 2021, la Secretaría del Consejo Directivo del ITP remitió a la Dirección Ejecutiva el Acuerdo N° SO-025-017-2021-ITP/CD de fecha 30 de noviembre de 2021, en el cual se acordó aprobar, de manera condicional a la opinión de la Oficina de Asesoría Jurídica, la propuesta de creación de la Unidad Técnica Acuícola Pesquera Huancavelica; Que, mediante el Informe N° 375-2021-ITP/OAJ del 09 de diciembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que corresponde aprobar la propuesta de creación de la Unidad Técnica Acuícola Pesquera Huancavelica del CITEpesquero; Que, por los fundamentos expuestos, corresponde aprobar la creación de la Unidad Técnica Acuícola Pesquera Huancavelica del CITEpesquero, esto mediante Resolución Ejecutiva, conforme el artículo 18 del Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Operaciones y la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCESE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Acuícola Pesquera Huancavelica del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero – CITEpesquero, cuyo objetivo, ámbito de acción, especialización, funciones y ubicación, son los señalados en la parte considerativa del presente informe. Artículo 2.- Disponer que el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero – CITEpesquero en coordinación con la O fi cina de Administración y la Dirección de Operaciones, realicen las acciones pertinentes referidas a la infraestructura y el equipamiento que serán utilizados para la operatividad de la Unidad Técnica Acuícola Pesquera Huancavelica. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realicen las acciones pertinentes referidas a los recursos para el funcionamiento permanente de la Unidad Técnica Acuícola Pesquera Huancavelica. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) publique la presente resolución en el portal institucional (https://www.gob.pe/produce/itp) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO RODRIGUEZ SORIA Director Ejecutivo 2020458-1 RELACIONES EXTERIORES Dejan sin efecto la R.M. N° 0273-2021-RE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0564-2021-RE Lima, 6 de diciembre de 2021VISTA:La Resolución Ministerial N° 0273-2021-RE, que da término a la designación de la señora Ana María Teresa Deustua Caravedo, en el cargo de con fi anza de Agregado Civil para Asuntos Económicos a la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica, el Gran Ducado de Luxemburgo y Misión ante la Unión Europea; CONSIDERANDO: Que, por razones del servicio, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0273-2021-RE; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público y el Decreto Supremo N° 084-2016-PCM; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento; la Ley N° 29357, Ley de Organización y funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0273-2021-RE, de 30 de julio de 2021, por la razón expuesta en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2020011-1