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53 NORMAS LEGALES Viernes 17 de diciembre de 2021 El Peruano / Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las políticas nacionales y sectoriales consideran los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, concordado con el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República; Que, por otro lado, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1088 dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la fi nalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se aprobó la versión modi fi cada de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que establece los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo; Que, la citada Directiva precisa que, en el Foro del Acuerdo Nacional, que constituye el espacio de diálogo y concertación institucionalizado y la instancia de concertación de la plani fi cación estratégica nacional, se ha aprobado la Visión del Perú al 2050 y se han de fi nido las Políticas de Estado, que constituyen orientaciones que deben guiar el proceso de formulación o actualización de políticas y planes, destacándose en el ámbito territorial la Política de Estado 34 “Ordenamiento y gestión territorial” y la Política de Estado 35 “Sociedad de la información y sociedad del conocimiento”; Que, asimismo, la Directiva en mención establece que para la formulación y actualización de políticas y planes estratégicos se aplica el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, que tiene como prioridad la protección de la vida, más aún en condiciones adversas severas como la generada por la pandemia de COVID-19 y el Estado de Emergencia, lo que exige atención a la vida diaria de la población desde el territorio que habita, considerando contextos de alta complejidad; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la respectiva Directiva, establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba las guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de planes y políticas a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y los lineamientos para casos de desastre, de conformidad con el artículo 6 de la referida Directiva; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, contempla la publicación de proyectos de normas de carácter general, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, resulta pertinente publicar el proyecto de Guía para el Plan de Desarrollo Local Concertado Provincial, con la fi nalidad de difundir dicho documento y ofrecer a la ciudadanía, las autoridades y los sectores especializados la posibilidad de aportar con comentarios y sugerencias sobre su contenido; Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley N° 27972, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD; y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1° .- Disponer la publicación del proyecto de Guía para el Plan de Desarrollo Local Concertado – Provincial para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. Artículo 2°.- . Establecer el día 29 de diciembre de 2021 como plazo máximo para que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias a través del correo electrónico planesconcertados@ceplan.gob.pe. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y recomendaciones que se presenten al citado documento. Artículo 4°.- Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (www.gob.pe/ceplan). Regístrese y comuníquese y publíquese.GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 2022245-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 123-2021-CONCYTEC-P Lima, 16 de diciembre de 2021 VISTOS: El O fi cio Nº 090-2021-PROCIENCIA-DE, el Informe Técnico - Legal Nº 036-2021-PROCIENCIA- UGG-UPP-UAL y Proveído Nº 073-PROCIENCIA-DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, el I nforme Nº 140-2021-CONCYTEC-OGPP-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgada mediante Proveído Nº 272-2021-CONCYTEC-OGPP y el Informe Nº 169-2021-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído Nº 445-2021-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y;