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10 NORMAS LEGALES Martes 28 de diciembre de 2021 El Peruano / temporales, en marco del Decreto de Urgencia N° 040- 2021 (NC-10); Que, por su parte, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización, a través del Informe N° 02615-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, señala que se cuenta con la Certificación del Crédito Presupuestario N° 2406, por el monto de S/ 4 205 499,00 (Cuatro Millones Doscientos Cinco Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve y 00/100 Soles); por lo que, considera procedente que se efectúe la transferencia financiera para el pago del Aporte Total del Programa de seis (06) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en la modalidad de intervención 2- por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto de Urgencia N° 040-2021 (NC-10), cuyo importe total asciende a S/ 4 205 499,00 (Cuatro Millones Doscientos Cinco Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve y 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, mediante Informe N° 498-2021-TP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando N° 1053- 2021-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0739-2021- MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; asimismo, adjunta el Informe N° 0492-2021-MTPE/4/9.1, de la Ofi cina de Planeamiento e Inversiones, con la opinión favorable respecto al acto de administración que aprueba la referida transferencia fi nanciera; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1000-2021-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de seis (06) convenios suscritos con el fi n de ejecutar proyectos de inversión, en la modalidad de intervención 2- Por emergencias o desastres naturales, en el marco del Decreto de Urgencia N° 040-2021 (NC-10), cuyo importe total asciende a S/ 4 205 499,00 (Cuatro Millones Doscientos Cinco Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob. pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2025406-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar el pago de retribución económica por la auditoría financiera gubernamental de los periodos 2021 y 2022 RESOLUCIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO Nº 123-2021-PGE/PG Lima, 23 de diciembre del 2021 VISTOS:El Memorando N° 018-2021-JUS/PGE-GG de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado; el Oficio N° 00742-2021-CG/GAD de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 160-2021-JUS/PGE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Procuraduría General del Estado; y el Memorando N° 97-2021-JUS/PGE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado que hace suyo el Informe Usuario N° 007-2021-JUS/PGE-OAJ-LETA; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 31084 se aprueba el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2021. En ese marco, con la Resolución del Procurador General del Estado N° 06-2021-PGE/PG, de fecha 26 de enero del 2021, se formalizó la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al año fi scal 2021, con e fi cacia anticipada al 1 de enero del 2021, del Pliego 068: Procuraduría General del Estado; Que el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud del ente contralor, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que el Presupuesto Institucional Modi fi cado - PIM autorizado del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, correspondiente al ejercicio al Año Fiscal 2021, asciende a la suma de S/ 56,514,186.00 (cincuenta y seis