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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (28/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 34

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Martes 28 de diciembre de 2021 El Peruano / ]âÜtwÉ atv|ÉÇtÄ wx XÄxvv|ÉÇxá  2.17. En esa medida, se corrobora que no existe un acuerdo de voluntades para prestaciones recíprocas respecto a un bien municipal, sino que se trata de pagos efectuados por comisiones de servicios, propios de la función edil. De ahí que no se puede acreditar el primer elemento de la causa de infracción a las restricciones de contratación, por lo que resulta inoficioso proseguir con la evaluación de los otros dos elementos, toda vez que de acuerdo a la jurisprudencia de este órgano colegiado su análisis resulta ser secuencial. 2.18. En ese sentido, corresponde desestimar el recurso de apelación y con fi rmar la resolución venida en grado. 2.19. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del JNE (ver SN 1.13.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar NULA la Resolución de Alcaldía N° 220- 2020-MPT, del 30 de octubre de 2020, que declaró consentido el Acuerdo de Concejo de la Sesión Extraordinaria N° 033-2020-MPT 2. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Moisés Pérez López; y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo de Sesión Extraordinaria N° 033-2020-MPT, del 18 de setiembre de 2020, en el extremo del Acuerdo de Sesión Extraordinaria N° 068-2020-MPT que rechazó la vacancia presentada en contra de don Sister Esleiter Valera Ramírez, alcalde de la Municipalidad Provincial de Tocache, departamento de San Martín, por la causa de infracción a las restricciones de contratación, establecida en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.