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32 NORMAS LEGALES Martes 28 de diciembre de 2021 El Peruano / Municipalidad de San Juan de Lurigancho (web.munisjl. qob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 2024759-1 Prorrogan para el ejercicio 2022 la vigencia de la Ordenanza N° 404-MDSJL que regula el importe del derecho de emisión mecanizada 2021 ORDENANZA Nº 415-MDSJL San Juan de Lurigancho, 22 de diciembre del 2021EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;POR CUANTOEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre del 2021, el Dictamen Nº 010-2021-CER-CM/MDSJL, 06 de diciembre del 2021, de la Comisión Ordinaria de Economía y Rentas; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA PRORROGAR PARA EL EJERCICIO 2022, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 404-MDSJL QUE REGULA EL IMPORTE DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA 2021 Artículo Primero.- PRORROGAR, para el ejercicio 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 404-MDSJL, que regula el importe del derecho por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021 y distribución a domicilio, rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 392 del 10 de diciembre de 2020 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ambos publicados en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 31 de diciembre de 2020; manteniéndose el monto de dicha tasa para el ejercicio fi scal 2022 en S/ 1.70 soles, por el primer predio, y en S/ 0.30 soles, por cada predio adicional, en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho, el cual será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o con la cancelación de la primera cuota del Impuesto Predial, de optarse por el pago fraccionado. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2022. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Control, Gerencia de Ejecución Coactiva, Gerencia de Administración y Finanzas y Sub Gerencia de Tecnologías de la Información. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, comunicar formalmente la presente Ordenanza, al Servicio de Administración Tributaria - SAT, de conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Final de la Ordenanza Nº 2386-MML, de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (www. munisjl.gob.pe).Cuarta.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 2024760-1 Ordenanza que aprueba el Plan distrital de Manejo de Residuos Sólidos de San Juan de Lurigancho 2022 - 2026 ORDENANZA Nº 416-MDSJL San Juan de Lurigancho, 22 de diciembre del 2021EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;POR CUANTOEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre del 2021, Dictamen Nº 002-2021-CSPL-CM/MDSJL, de fecha 16 de diciembre del 2021, emitido por la Comisión Ordinaria de Servicios Públicos Locales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DISTRITAL DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE SAN JUAN DE LURIGANCHO, 2022-2026 Artículo Primero.- Aprobar el Plan distrital de Manejo de Residuos Sólidos de San Juan de Lurigancho 2022-2026, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier norma de igual jerarquía que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Ambiental, a través de la Subgerencia de Limpieza Pública el cumplimiento del Plan referido en el artículo primero, con la activa participación de las demás Gerencias y Subgerencias de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” en cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidas en la Ley y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional, la publicación del texto íntegro de la Ordenanza conjuntamente con sus anexos se publiquen en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho (www.munisjl. gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 2024762-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 413-MDSJL, que aprobó el “Beneficio tributario y no tributario para mitigar el impacto económico por los aniegos producidos en el Distrito de San Juan de Lurigancho” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2021-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 22 de diciembre del 2021