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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (29/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de diciembre de 2021 El Peruano / de órganos jurisdiccionales del 1 al 31 de enero de 2022, y dictar las medidas complementarias que se requieran; según la realidad y ubicación geográ fi ca de cada sede judicial, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Delegar facultades a la señora Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a los/las Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, a fi n que emitan las medidas pertinentes respecto a las modi fi caciones de los niveles de alerta por provincia y departamento que dicte el Gobierno Central, para la prevención y control de la propagación del COVID-19. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2025688-2 Disponen que las Cortes Superiores de Justicia del país deben culminar en breve término los concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en su jurisdicción; y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000424-2021-CE-PJ Lima, 23 de diciembre del 2021VISTA:La propuesta de la señora Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y la Resolución Administrativa Nº 000262-2021-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, por Resolución Administrativa Nº 353-2019-CE-PJ de fecha 21 de agosto de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Asimismo, di fi rió la aplicación del documento aprobado hasta que se efectúe la reestructuración de la O fi cina de Meritocracia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dependencia encargada, entre otros, de la dirección del concurso público para la elección de Jueces Supernumerarios. Posteriormente, se modi fi có la mencionada resolución mediante Resolución Administrativa Nº 452-2019-CE-PJ del 15 de noviembre de 2019. Segundo Que, asimismo, por Resolución Administrativa Nº 488-2019 se dispuso la entrada en vigencia del “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial” aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 353-2019-CE-PJ, a partir del 3 de enero de 2020. Tercero. Que, por la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19, se imposibilitaba la aplicación integral del referido reglamento, por lo que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 399-2020-CE-PJ, aprobó temporalmente el “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Posteriormente, mediante Resolución Administrativa Nº 000236-2021-CE-PJ, se dispusieron medidas complementarias para la aplicación del “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000262-2021-CE-PJ se dispuso en las Cortes Superiores de Justicia del país, que no tengan número su fi ciente de Jueces Superiores titulares, por excepción, la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios puede estar conformada por un Juez Superior Provisional, como integrantes titulares o alternos. Asimismo, se modi fi có el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 000236-2021-CE-PJ, estableciéndose como medida excepcional, en tanto se convoque o concluya el concurso respectivo, que la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios deberá presentar una terna del Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de otras Cortes Superiores de Justicia; y en su defecto, delegó a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, hasta el 31 de diciembre de 2021, la facultad para designar a trabajadores de la Corte Superior, como Juez Supernumerario; siempre y cuando cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos. Quinto. Que, en tal sentido, con la fi nalidad de tratar la problemática presentada en los distritos judiciales del país sobre el insu fi ciente número de Jueces Supernumerarios, se considera necesario adoptar medidas excepcionales para el correcto funcionamiento de los órganos jurisdiccionales del país; emitiéndose el acto administrativo correspondiente. Sexto. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1638-2021 de la septuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de diciembre de 2021, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que las Comisiones Distritales de Selección de Jueces Supernumerarios de las Cortes Superiores de Justicia del país, como medida excepcional y en tanto se convoque o concluya el concurso respectivo, deberán presentar a la Presidencia una terna del Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de otras Cortes Superiores de Justicia, para la designación correspondiente. En su defecto, se delega a la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 30 de junio de 2022, la facultad para designar a trabajadores de su Distrito Judicial como Juez Supernumerario, siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos. Artículo Segundo.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia del país, deben culminar en breve término los concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en su jurisdicción. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaConsejo Ejecutivo 2025688-3