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47 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de diciembre de 2021 El Peruano / VISTO: El O fi cio Nº 000030-2021-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe Nº 098-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000275 y 000357-2021-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Segundo. Que, teniendo en cuenta el escenario que se viene presentando en relación a la paulatina reactivación económica de muchas actividades; así como por el avance de la vacunación programada de la población contra el COVID-19, de manera preliminar, la meta ajustada para el período de enero a octubre de 2021 será el 97% de la meta anual calculada de acuerdo a los criterios aprobados mediante Resolución Administrativa Nº 000395-2020-CE-PJ, por lo que el avance ideal al mes de octubre del presente año será el 83% de la referida meta ajustada. Tercero. Que, mediante O fi cio Nº 000030-2021-P-CNPJ- CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 098-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial elevó a este órgano de gobierno propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 31 de diciembre de 2021. Cuarto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1640- 2021 de la septuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de diciembre de 2021, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero de 2022, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: Hasta el 31 de enero de 2022Corte Superior de Justicia de Cajamarca - 2º Juzgado de Trabajo Transitorio - Cajamarca Corte Superior de Justicia de Sullana - Juzgado Civil Transitorio - Ayabaca Hasta el 31 de marzo de 2022Corte Superior de Justicia del Santa - Juzgado Civil Transitorio - Casma Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, del Santa y Sullana; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaConsejo Ejecutivo 2025688-7Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000429-2021-CE-PJ Lima, 23 de diciembre del 2021VISTO: El O fi cio Nº 000031-2021-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe Nº 099-2021-OPJ-CNPJ- CE-PJ respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 114-2021-CE-PJ, 275-2021-CE-PJ, 325-2021-CE- PJ, 356-2021-CE-PJ y 357-2021-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Segundo. Que, teniendo en cuenta el escenario que se viene presentando en relación a la paulatina reactivación económica de muchas actividades; así como por el avance de la vacunación programada de la población contra el COVID-19, de manera preliminar, la meta ajustada para el período de enero a octubre de 2021 será el 97% de la meta anual calculada de acuerdo a los criterios aprobados mediante Resolución Administrativa Nº 395-2020-CE-PJ, por lo que el avance ideal al mes de octubre del presente año será el 83% de la referida meta ajustada. Tercero. Que, mediante O fi cio Nº 000031-2021-P-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 099-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial elevó a este órgano de gobierno propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 31 de diciembre de 2021. Cuarto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1641-2021 de la septuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de diciembre de 2021, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero de 2022, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: Hasta el 28 de febrero de 2022 Corte Superior de Justicia de Ica - Juzgado de Trabajo Transitorio - Chincha Corte Superior de Justicia de Lima Sur - Sala Civil Descentralizada Transitoria - Chorrillos Corte Superior de Justicia de Madre de Dios - Juzgado Civil Transitorio - Tambopata